Los estableció la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) a través de la Resolución 77/2025. Justificaron las modificaciones en el paradigma de “simplificación y desburocratización de los trámites”
El Gobierno Nacional eliminó la tasa anual obligatoria para usuarios de armas de fuego y extendió a cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones. La medida fue establecida por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) a través de la Resolución 77/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa lleva al firma del director de la ANMAC, Juan Pablo Allan.
El texto establece en cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones en los rubros comerciales fabricante de armas de uso civil, de uso civil y uso civil condicional. También para los de municiones y materiales de usos especiales. Lo mismo, para los talleres de armado y de reparación de vehículos blindados, verificación y repotenciación de instalaciones o vehículos blindados. La misma extensión alcanza al ítem recargador comercial de munición.
El artículo dos de la Resolución suprime el pago de la tasa anual para los legítimos usuarios comerciales, colectivos, cinegéticos (cazadores) y entidades de tiro.
Esos usuarios sólo tendrán la obligación de informar ante la ANMAC, dentro de los 30 días, las modificaciones de los requisitos cumplidos al momento de su inscripción, si se hubieran producido.
Las autoridades detallaron que, respecto a los usuarios comerciales del rubro importador y transportistas, las normas se mantendrán sin modificaciones. Lo anterior, explicaron, porque las competencias no corresponden a la ANMAC.
La Resolución justifica las modificaciones con el paradigma de “simplificación y desburocratización de los trámites”.
Las Direcciones Nacionales de Registro y Delegaciones y de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados, deberán «realizar las adecuaciones correspondientes en los instructivos de las tramitaciones alcanzadas por la presente Resolución».
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