Ciudad

Fallo en Rosario: la ex Afip deberá devolver descuentos por Ganancias a Miguel Cappiello

La Justicia Federal ordenó a ARCA frenar las retenciones del impuesto sobre los haberes del ex funcionario. El ente recaudador deberá restituirle el dinero descontado desde el inicio de su jubilación, sumando los intereses correspondientes

La Justicia Federal de Rosario ordenó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) que cese con los descuentos del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios del ex funcionario y ex senador Miguel Ángel Cappiello.

A través de una acción de amparo, bajo el patrocinio de los abogados Roberto Sukerman, Ivana Besmalinovich y Luciano D’ Angelo, el ex funcionario había solicitado que se declare inconstitucional la normativa que habilitaba estas retenciones sobre su jubilación, exigiendo además la restitución de los montos descontados. Durante el desarrollo del expediente, la propia agencia estatal aceptó el planteo sin oponer resistencia, un acto que en términos procesales se denomina allanamiento.

En su sentencia del 9 de junio de 2026, la jueza federal Natalia Analía Martínez, titular del Juzgado Federal N° 2 de Rosario, falló a favor del demandante. Para sostener su dictamen, la magistrada se apoyó en jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, destacando el emblemático precedente del caso “García”.

La resolución judicial declara la inconstitucionalidad de la aplicación del tributo para este escenario particular y le impone a ARCA la obligación de frenar los cobros. De igual manera, dictamina que el ente recaudador tendrá que devolverle a Cappiello todo el dinero que le fue retenido bajo este concepto desde el momento en que se jubiló, cifra a la que se le deberán adicionar los intereses correspondientes fijados por la tasa del Banco Central.

Por último, al momento de resolver sobre los gastos que generó el juicio, el juzgado estableció que las costas se repartirán por su orden, es decir, cada parte asumirá las suyas. Este punto se justificó al considerar que la agencia gubernamental reconoció la razón del jubilado de manera rápida y total, y que los descuentos anteriores respondían a la aplicación de una ley que se encontraba formalmente en vigencia.

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