Política

Incentivo a la informalidad: con Milei, a un trabajador registrado le corresponde por hijo la mitad del beneficio que recibe un informal

Esto fue posible a partir del quiebre que sufrieron AUH y Asignaciones Familiares con la llegada de Milei. El ingreso de una persona asalariada registrada que cobra el salario mínimo y tiene carga de familia puede ubicarse muy próximo incluso por debajo que el de la misma persona con la misma carga de familia pero con un ingreso no registrado

Por Álvaro Arellano

Poco después de su llegada al poder, el gobierno de Javier Milei decidió otorgar un aumento del 100% para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), generando una amplia brecha con trabajadores registrados que perciben la Asignación Familiar por hijo (AAFF). Esta decisión suma una nueva inconsistencia en la economía argentina, ya que habilita situaciones en las que un empleado no registrado reúne más ingresos que un registrado con una composición familiar similar. 

Entre otras consecuencias, este escenario desincentiva aún más la creación de empleo formal, que lleva años de estancamiento y que además atraviesa un momento delicado a partir de una economía en recesión que sigue mostrando números negativos. La brecha entre los ingresos por AUH y AAFF posibilita, por ejemplo, que un empleador no registre a un trabajador, le pague solo el 60% de un salario mínimo y que de todas maneras ese trabajador iguale el ingreso que tendría en condición de registrado.   

Un informe reciente del Instituto de Estudios y Formación (IEF) de la CTA planteó dos escenarios en los que se evidencia la brecha entre quienes tienen empleo formal e hijos y cobran Asignación Familiar y quienes tienen empleo informal y cobran Asignación Por Hijo. Un asalariado registrado que recibe el Salario Mínimo Vital y Móvil ($286.711) y tiene dos hijos menores de edad, reúne $382.263. Un no registrado con salario mínimo y dos hijos, puede reunir hasta $559.687, sumando AUH y Prestación Alimentar (PA).

gráficos elaborados por IEF-CTA

La AUH duplica a las AAFF

Esto fue posible a partir del quiebre que sufrieron los AUH y AAFF con la llegada de Milei. En diciembre de 2023 los beneficiarios de ambas prestaciones cobraban lo mismo por cada hijo ($20.661). Al mes siguiente el gobierno nacional definió un aumentó del 100% en AUH dejando sin modificaciones las AAFF. Esa diferencia se mantuvo a lo largo de todo el 2024 y prevalece a la actualidad. Los cuestionamientos no están dirigidos a la recomposición de la AUH sino a la desactualización en los montos de AAFF.   

En enero la Asignación Universal por Hijo (AUH) tuvo un incremento del 2,4% (determinado por IPC, con rezago de dos meses) y llegó a 95.500 pesos. Por su parte, la Tarjeta Alimentar mantuvo su valor desde junio, ya que los incrementos quedan sujetos a una decisión del gobierno. El valor nominal de la prestación en enero fue de $52.250 por hijo 81.936 por dos hijos y 108.000 por tres hijos. 

Para enero 2025 los valores nominales totales de ambos beneficios según tipo de hogar resultaron en $147.770 para hogares con solo un hijo menor (1AUH+PA1); en $ 272.975 con dos hijos menores (2AUH+PA2h), y $394.621 con 3 hijos menores (3AUH+PA3) 

Por su parte, para los asalariados registrados con un ingreso del grupo familiar que no supere $ 739.770, se actualizó el valor de la Asignación Familiar (contributiva) para enero de 2025 en $ 47.776 por hijo. Este valor continúa representando aproximadamente el 50 % del valor de la AUH. 

De esta manera, el valor de la AUH duplica al de las AAFF. El de la AUH + Tarjeta alimentar por un hijo, triplica a la AAFF.

Las políticas sociales de transferencias de ingresos a las personas, como la Asignación Familiar contributiva (AAFF) o la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Prestación Alimentar (PA), ambas no contributivas, y la política de ingreso laboral dirigida a la base del mercado de trabajo como el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) comparten la característica de estar ancladas a alguna condición laboral de la población objetivo, y al hecho de dirigirse mayoritariamente a la población que se ubica en el segmento inferior de la escala de ingresos. 

La AAFF es la institución que regula el derecho de un ingreso para los menores de 18 años a cargo de progenitores asalariados registrados con ingresos hasta determinado nivel; la AUH tiene el mismo objetivo para los menores de 18 años cuyos progenitores tienen empleos asalariados no registrados, de cuenta propia de bajo ingreso, desocupados, o empleadas de casas particulares. En tanto, la PA va dirigida a este último segmento, y el SMVM es la institución laboral que regula el umbral mínimo de ingreso que debe cobrar una persona en relación de dependencia registrada sin cargas de familia en su jornada legal de trabajo.

Desde el IEF CTA aclararon que, si bien es bienvenida la mayor redistribución de ingresos dirigida a familias en situación de vulnerabilidad como son quienes reciben AUH y PA, es importante señalar que estas actualizaciones diferenciales generan inequidades y posibles impactos en el mercado de trabajo, supuestamente no deseados. 

Las actualizaciones de los valores de las AUH durante el primer año del gobierno de LLA y la extensión de la PA al conjunto de menores que perciben también AUH, determina que en comparación al retraso en las actualizaciones del SMVM y de la AAFF, el ingreso de una persona asalariada registrada que cobra el salario mínimo y tiene carga de familia puede ubicarse muy próximo incluso por debajo que el de la misma persona con la misma carga de familia pero con un ingreso no registrado

A contramano de lo que sostiene el gobierno sobre la promoción del empleo “en blanco”, esta configuración promueve el empleo no registrado. Si bien la situación de la economía argentina se caracteriza desde hace varios años por una muy baja tasa de creación de empleo registrado, en el caso de que existiera demanda de empleo por parte de las empresas, estos indicadores sugieren una suerte de presión hacia el no registro. Basta remitirse a que un empleador puede pagar un salario que represente el 60 % del mínimo legal, el trabajador alcanzaría un ingreso mayor y la empresa pagaría un salario menor que si fuese registrado.

Esta suerte de presión hacia el no registro se amplifica notoriamente desde la reforma laboral implementada por el gobierno de LLA que eliminó la aplicación de multas al empleador que no registra a sus trabajadores o que registra un salario menor al efectivamente pagado.

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