En la Fiscalía no descartan apelar la decisión de la Justicia que este lunes dejó libre al imputado que había violado la prohibición que tenía para manejar de una condena anterior
Foto / emergenciasAR / Twitter
La Fiscalía no descarta apelar la decisión juez Facundo Becerra que este lunes dejó libre a Alejandro O., imputado del homicidio culposo de Sergio Rubén Morán el sábado en Lamadrid y Ovidio Lagos. Entienden que tienen argumentos. El acusado vivía la parte final de una condena de tres años de cumplimiento condicional por un homicidio culposo anterior cuando chocó un auto en 2015 en el que murió el hijo de su pareja, Kevin Rojas, de 9 años. Tenía prohibido manejar por cinco años. Era parte de la sentencia que en octubre de 2016 obtuvo después de un acuerdo entre sus abogados y los de la Fiscalía. Con el incumplimiento –este sábado manejaba con un carnet vencido cuando chocó la moto de Morán– los investigadores pueden pedir también que la Justicia le revoque la condicionalidad de la pena anterior e insistir con la prisión preventiva mientras avanza el juicio por el choque de la semana pasada.
Según explicaron desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), Alejandro O., de 36 años, ya tenía una condena previa. Fue por haber manejado un Fiat Palio a alta velocidad la madrugada del 27 de septiembre de 2015. Viajaba con su pareja y el hijo de ella, Kevin Rojas, de 9 años. El chico murió por el impacto contra un portón de Ovidio Lagos al 6900. Casi un año después el juez Alejandro Negroni lo condenó a tres años de prisión condicional más cinco años de inhabilitación para manejar.
Calle Ovidio Lagos volvió a repetirse en la vida del conductor este sábado como escenario de una nueva muerte. Este sábado a las 16.30 estaba a bordo de un Chevrolet Corsa chocó la moto en la que viajaba Sergio Rubén Morán. Según la fiscal del caso, Valeria Piazza Iglesia, Alejandro O., no frenó en la esquina cuando una camioneta le cedió paso a la moto de Morán, que murió por los golpes del choque. El lunes el juez Facundo Becerra lo dejó en libertad hasta que finalice el proceso bajo ciertas condiciones: fijar domicilio, presentarse cada 15 días durante dos meses, no acercarse el lugar del hecho, ni conducir, y pagar una multa de 5 mil pesos. El magistrado no hizo caso al pedido de la Fiscalía de dictar la prisión preventiva porque Alejandro O., tenía un mal antecedente: había incumplido su condena anterior.
Desde la defensa del conductor justificaron el incumplimiento a la pena diciendo que “pensó que cumplida la mitad de la condena se levantaba la inhabilitación”. Sumaron que hace 8 años trabaja en una empresa de transporte como encargado de galpón y pidieron que le den la libertad con controles semanales, a lo que accedió el juez.
La pena condicional es habitual en los casos de homicidio culposo, es decir, cuando los jueces entienden que no hubo intención deliberada de matar a la persona. Lleva reglas de conducta y si no las cumplen un juez puede revocar la condicionalidad y mandar al condenado a cumplir la sanción a la cárcel. En paralelo, si el condenado comete un nuevo delito un juez puede dictar una nueva condena donde unifica ambas penas volviéndolas de cumplimiento efectivo.
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