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Javkin y Cúneo Libarona firmaron un convenio para facilitar la implementación del juicio por jurado vecinal

El acuerdo entre el municipio y el Ministerio de Justicia de la Nación permitirá agilizar la verificación de los antecedentes penales de quienes se desempeñen como jurados

El intendente Pablo Javkin y el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, firmaron este lunes 9 de diciembre un convenio de colaboración que facilita la implementación del juicio por jurado vecinal en la ciudad, a partir de herramientas de interacción institucional para la verificación de los antecedentes penales de las personas sorteadas como jurados.

El juicio por jurado es un instituto previsto en el nuevo Código de Convivencia con el objetivo de que sean ciudadanas y ciudadanos quienes puedan juzgar infracciones que provoquen graves daños al patrimonio, al ambiente o al tránsito, entre otras. Según el nuevo sistema, los jurados estarán conformados por cinco miembros, pudiendo ampliarse a siete en casos de mayor complejidad.

Para garantizar la idoneidad de los jurados, se requiere que los postulantes cumplan con requisitos como no poseer antecedentes penales por delitos graves. A través del convenio firmado, la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia facilitará el acceso al sistema especial de comunicaciones, permitiendo a la Municipalidad tramitar los certificados de manera eficiente y segura.

“La implementación de juicios por jurados también requiere trámites para el control de las personas que van a ser designadas juradas, es decir, un trabajo sobre la reincidencia. En este caso el Ministerio nos ha propuesto como municipio participar de la celeridad y la precisión de esa selección de testigos, que es uno de los pasos que faltan para que la Argentina complete un mandato que es de 1853 y nunca hasta acá se implementó en el orden federal como es debido”, expresó Javkin tras la rúbrica del acuerdo, que se concretó en el Salón Carrasco del Palacio Municipal.

El jefe municipal detalló además que la firma del convenio “forma parte de un trabajo en común con el ministro de Justicia que tenemos desde el primer día, que cumplió todos los objetivos que estamos fijando”, entre los que mencionó la puesta en funcionamiento del sistema acusatorio en la Justicia Federal.

Por su parte, Cúneo Liberona mencionó: “El acuerdo de hoy es tender a tener una justicia mejor en todo el país. Yo soy un ministro que ha trabajado mucho en el interior y en este caso, como decía Pablo, estamos con el tema de juicio por jurados y la urgencia de verificar sus antecedentes a través del organismo del Registro Nacional de Reincidencia que está a nuestro cargo para dar una mayor celeridad a la Justicia”.

El acuerdo también establece que la Municipalidad se hará cargo de los costos de los certificados, asegurando que la participación en los jurados sea completamente gratuita para los ciudadanos. Asimismo, ambas partes se comprometen a garantizar la confidencialidad de los datos. El convenio tendrá una vigencia inicial de dos años, con renovación automática.

Una forma de democratización de la justicia

La Justicia Municipal de Faltas de la ciudad de Rosario incorporó el sistema de juzgamiento contravencional de Juicios por Jurado Vecinales a partir de la Ordenanza Nº 10.267 que el Concejo Municipal sancionó en 2021 y que entró en vigencia en agosto de 2022.

La mencionada normativa establece que su implementación procede en casos de faltas de gravedad que tengan una sanción mínima de 500 Unidades Fijas o más de 90 días de inhabilitación. El juicio es dirigido por un juez profesional que explica al jurado la ley aplicable al caso.

Los jurados vecinales están compuestos por cinco miembros que en cada caso contemplan diversidad etaria, de género y cultural. Cabe aclarar que, en caso de que el Juzgado lo estime conveniente, la cantidad de jurados podrá aumentar hasta a siete.

En el marco de este procedimiento de juzgamiento contravencional, el jurado conformado por vecinas y vecinos es el encargado de entregar al Juzgado de Faltas un veredicto que declare la inocencia o culpabilidad de la persona presuntamente infractora. Además, podrá formular –junto con su veredicto– una propuesta de sentencia, que el juzgado podrá admitir y homologar sin más fundamento que la verificación de su conformidad con las normas legales aplicables al caso y la equidad.

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