El régimen habilita la salida automática del sistema con 10 impagos. Ahora, tampoco se computará agosto
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) oficializó la prórroga de la suspensión de la baja del sistema de los monotributistas por falta de pago en agosto, a través de la resolución general 4799/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La medida tiene por objetivo “amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes».
La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas, y el organismo resolvió que agosto no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
La Afip definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en agosto, por lo que tampoco habrá exclusiones de oficio en esos casos.
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