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La Asociación Médica convoca a adherir a la ley de honorarios dignos

La iniciativa fue presentada en la Legislatura provincial. Buscan que obras sociales y prepagas se adecuen a un mecanismo que permita recomponer los ingresos de los profesionales, y evitar que sean la variable de ajuste

La Asociación Médica de Rosario (AMR) redoblará sus acciones tendientes a la aprobación del proyecto de la ley de honorarios médicos dignos presentado en la Legislatura santafesina por el Colegio de Médicos de la provincia de Santa Fe segunda circunscripción en octubre de 2023.

Bajo la consigna de “que sea ley”, se procura contar con un instrumento legal que “regule los honorarios, para que tengan un piso digno y pueda ser defendida la profesión como corresponde”, según señaló Dardo Dorato, secretario general de AMR.

Para tal fin, la Asociación Médica continuará con nuevas rondas de reuniones con diputados y senadores para que se trate la iniciativa; que también convocará a médicas y médicos a que adhieran a la propuesta, mediante la firma de un formulario digital.

Dorato resaltó que “el proyecto tiene desde el inicio el respaldo de todas las instituciones que representan a médicas y médicos, ya que concuerda con los postulados históricos de la Asociación Médica; y que de ser ley, no solo representará una defensa de los derechos de los profesionales de la salud”.

Y cerró: “En caso de lograr la aprobación de las dos Cámaras, este proyecto representará una defensa de los derechos de los profesionales de la salud, “garantizará el derecho a la salud de la población con atención de calidad y a evitar que se agudice la crisis del sistema”, enumeró Dorato.

El proyecto consiste en 10 artículos, entre los que se destacan:

*Establecer honorarios médicos profesionales mínimo y dignos.

*Derogar la Ley 13.731/2017 que prohíbe el cobro de un plus médico. “Cuando el seguro de salud no cubra los honorarios mínimos quedará habilitada la opción del profesional de cobrar un plus al paciente, quien podrá luego reclamar la diferencia al seguro de salud”, suscribe el texto presentado.

*Definir un plazo de cancelación de honorarios no mayor a 30 días.

*No aplicar el mínimo establecido por esta ley en caso de que el paciente decida afrontar el pago de manera particular y directa.

*El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe ofrecerá estudio de costos por el valor mínimo de cada prestación en base a criterios científicos y de razonabilidad.

*No se puede renunciar al valor mínimo estipulado por ley.

*El paciente mantiene el derecho a libertad de contratación del profesional, consensuando honorarios sin límite ni condición.

*Se establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud provincial, que junto al Colegio de Médicos de Santa Fe, acordarán los valores mínimos correspondientes a cada prestación médica.

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