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La Cámara Federal confirmó el procesamiento del gendarme Guerrero por el disparo a Pablo Grillo

La Sala II de la Cámara Federal porteña ratificó la decisión de María Servini que había sido apelada por la defensa del acusado

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires confirmó por unanimidad el procesamiento del gendarme Héctor Guerrero por las lesiones gravísimas producidas al fotógrafo Pablo Grillo con una pistola lanzagases. También se lo acusa por el abuso de armas en otras cinco oportunidades. Los hechos ocurrieron durante la represión por parte de la Gendarmería a una manifestación de jubilados el 12 de marzo pasado, frente al Congreso de la Nación. El joven continúa hospitalizado tras el ataque.

El fallo de la Cámara lleva las firmas de los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun y Roberto Boico. En su voto, Boico además, exigió que se profundice la investigación por las eventuales responsabilidades de las autoridades a cargo del operativo. Esto apunta a la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

Guerrero había sido procesado en octubre por la jueza María Servini en primera instancia como presunto autor del disparo con una pistola lanzagases contra Pablo Grillo. Como consecuencia, el fotorreportero sufrió heridas gravísimas. Sin embargo, la defensa apeló: sostuvo que no está acreditado que el gendarme haya sido el autor del disparo. Y afirmó que su conducta se ajustó a los protocolos vigentes para el uso de armas lanzagases.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que interviene como querellante, respaldó la resolución de Servini y la validez de las medidas de prueba, entre ellas el relevamiento en el lugar del hecho, un informe balístico de la Policía de la Ciudad y la reconstrucción denominada “Mapa de la Policía”, elaborada por realizadores audiovisuales y peritos forenses.

Qué dijo la Cámara de Apelaciones

La Cámara tuvo en cuenta las imágenes y los videos que muestran al imputado realizando los disparos de manera directa –horizontal- hacia las personas que se encontraban frente al cordón policial, «con la postulada intención de impactarlas». Este empleo del arma contrasta con el que se observa en otros agentes policiales, que realizaron disparos pero con un marcado ángulo ascendente (que buscaría evitar un impacto directo en el cuerpo de las personas). Las imágenes captaron al imputado realizando seis disparos bajo la misma modalidad.

También descartó el argumento de la defensa sobre la falta de precisión de este tipo de armas. Y dice: “en rigor, el hecho de que el arma empleada no sea de precisión no significa que el disparo no pueda dirigirse”. 

El camarista Boico indicó además: “La imposibilidad de efectuar un apuntamiento preciso tornaba plenamente previsible que un disparo realizado en posición horizontal y dirigido hacia un grupo de personas pudiera impactar directamente sobre el cuerpo de alguna de ellas, aumentando el riesgo a niveles intolerable (como efectivamente aconteció)”.

El voto también indica que la protesta social es un derecho humano central para la democracia. Además, que el Estado debe proteger la protesta. Y que la idea de “orden público” no puede ser invocada para suprimir un derecho, desnaturalizarlo o privarlo de contenido real.

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