Categorías: Política

La Corte Suprema cerró definitivamente la causa por la “Fiesta de Olivos”

El máximo tribunal rechazó a una ONG como querellante y así dejó firme el acuerdo de "reparación integral del daño" al que arribaron el presidente, Alberto Fernández, y su mujer, que consistió en el pago de tres millones de pesos destinados a entidades públicas vinculadas con la salud

La Corte Suprema cerró definitivamente la causa judicial iniciada a raíz de la celebración del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta Presidencial de Olivos, en la etapa más severa del aislamiento obligatorio por la pandemia de Covid-19.

El máximo tribunal rechazó el último intento de una ONG que pretendía apelar el “acuerdo de conciliación” al que arribaron todos los asistentes a la celebración, entre ellos el propio presidente, Alberto Fernández.

El festejo tuvo lugar el 14 de julio de 2020 y se conoció públicamente por la filtración de fotos y videos de ese acontecimiento.

La Corte, por unanimidad, declaró “inadmisible” un recurso de la Asociación Civil Republicana para la Justicia, a través de su representante, para ser tomado como “querellante” y así poder objetar judicialmente el acuerdo de conciliación.

Irazu pretendía ser aceptado como “particular ofendido” y denunció penalmente a Alberto Fernández “por considerarlo responsable de los delitos contra la salud pública y abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario en el contexto de las obligaciones impuestas durante el Aislamiento y/o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, dictadas por el propio Fernández a través de sucesivos decretos de necesidad y urgencia”.

Esa pretensión había sido rechazada en todas las instancias anteriores y ahora la Corte Suprema adoptó idéntico criterio, por lo que al no haber quién apele el acuerdo que exoneró de responsabilidad penal a los imputados, el fallo quedó firme.

Alberto Fernández, y su mujer, Fabiola Yáñez, acordaron una “reparación integral del daño” causado por el festejo del cumpleaños.

En octubre del año pasado, la Cámara Federal de Casación ya se había pronunciado sobre la “inadmisibilidad” del planteo de los pretensos querellantes para objetar sea reparación económica.

El acuerdo implicó el desembolso de unos tres millones de pesos en concepto de “reparación del daño” destinados a entidades públicas vinculadas con la salud.

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