Los jueces ratificaron el fallo respecto al artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que obligaba a los empresarios a vender medios. Cuestionado por el Grupo Clarín, el artículo quedará suspendido hasta que termine su juicio.
La Corte Suprema ratificó la suspensión del artículo de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que obliga a grupos económicos a vender empresas de medios.
Se trata del artículo 161 de la norma, que fue cuestionado por el Grupo Clarín ya que lo obliga a desprenderse de radios y canales de televisión en el plazo de un año.
El artículo quedará suspendido hasta que termine el juicio por inconstitucionalidad. Sin embargo, los jueces señalaron que el juicio no debe prolongarse demasiado.
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