La pareja convivió un año y al tercer mes del embarazo se disolvió. Ahora al hombre se le retendrá el 100% del monto establecido por el Indec para la canasta de crianza
La Justicia de Familia de San Lorenzo tomó una decisión inédita al ordenar el pago de alimentos provisorios para un bebé aún no nacido. La medida fue solicitada por la madre, con el apoyo legal de la abogada Soledad Acosta.
El caso se originó tras la ruptura de la pareja, que había convivido durante un año. Al tercer mes del embarazo, el hombre abandonó a la mujer, según reporta el portal Versión Rosario. De acuerdo con el Código Civil y Comercial de la Nación, la madre embarazada tiene derecho a reclamar alimentos para su hijo por nacer.
El juez Marcelo Escola dictó una resolución que estipula que el padre deberá retener el 100% del monto establecido por el Indec para la canasta de crianza correspondiente a menores de un año. Además, se le ordena retener el 25% del Sueldo Anual Complementario e indemnizaciones, así como la asignación familiar, obra social, y el 50% de los gastos extraordinarios. La canasta de crianza se valoriza en 352.561 pesos.
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