El juez Luciano Juárez dictó una medida precautelar que suspende el decreto del Ejecutivo local. Hay cuatro demandas acumuladas de ambientalistas y la oposición. La Cámara de Apelaciones deberá definir qué tribunal se queda con la causa de fondo. Peligra el debut para el verano de 2027
El proyecto para construir un Parque Acuático en la Costanera Norte sumó un capítulo clave en los Tribunales provinciales de Rosario. El juez en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación, Luciano Juárez, dictó una medida precautelar que suspende de manera provisoria los efectos del decreto municipal que impulsó la iniciativa, ordenando el cese de todos los actos administrativos y materiales derivados de esa decisión.
La resolución del magistrado se da en el marco de una compleja disputa de competencia. Ahora, el futuro de la obra quedó bajo estricta tutela judicial.
Según detalló el juez Juárez en su resolución, actualmente existen al menos cuatro acciones judiciales contra el Parque Acuático que comparten una matriz común: el cuestionamiento frontal al Decreto 715/2026 y al proceso licitatorio exprés de la Municipalidad de Rosario.
Las presentaciones que tramitan en los Tribunales locales fueron promovidas por:
Concejales del bloque Ciudad Futura.
Diversas organizaciones ambientalistas de la ciudad.
El concejal Juan Pedro Aleart.
Para el magistrado, todas estas causas deben tramitar de manera unificada bajo la figura de «procesos colectivos» para evitar que se dicten resoluciones contradictorias que sumen mayor incertidumbre. Por este motivo, y tras declararse incompetente para resolver la cuestión de fondo, Juárez remitió el expediente a la Cámara de Apelaciones para que defina qué tribunal continuará formalmente con el caso.
A pesar de declinar la competencia, el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 consideró que no podía dejar sin respuesta el pedido de suspensión urgente planteado por los amparistas. Tras constatar que las obras ya registran avances materiales —con la colocación de vallados perimetrales y tareas de demolición en el predio de la costa— y que la licitación ya fue adjudicada, el juez optó por la cautela.
Juárez aclaró que su resolución no analiza todavía si la iniciativa del municipio es legal o ilegal. Sin embargo, advirtió que existe un riesgo concreto de que se consoliden situaciones difíciles de revertir (hechos consumados) mientras se discute qué juzgado es competente y se define la cautelar de fondo.
El desembarco del Parque Acuático en un sector clave del espacio público de la Costanera Norte despertó fuertes críticas desde su anuncio. Los cuestionamientos de la oposición y de los colectivos ecologistas apuntan a un «piso de irregularidades» administrativas y ambientales:
Falta de debate: Denuncian la ausencia de intervención del Concejo Municipal para la cesión y el uso del suelo.
Impacto ambiental: Señalan posibles incumplimientos de normativas urbanísticas vigentes y la ausencia de determinados estudios técnicos y de impacto ambiental clave para la zona ribereña.
Voz ciudadana: Reclaman la total falta de mecanismos de participación ciudadana y audiencias públicas antes de avanzar con la adjudicación.
La medida provisoria dictada por la Justicia ordena congelar el Decreto 715/2026 y regirá de forma inmediata desde el momento de su notificación a las partes. El freno se mantendrá vigente hasta que el juez que resulte finalmente designado por la Cámara de Apelaciones se expida sobre la cautelar principal o declare la inadmisibilidad del amparo.
En la práctica, la resolución judicial le impone un freno de mano directo a las máquinas en la zona norte y abre un enorme signo de interrogación sobre los plazos de ejecución de una de las apuestas fuertes de la gestión local para la recreación pública.
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