Categorías: Ciudad

La Justicia ordenó a Pami que brinde cobertura de acompañante terapéutico a una afiliada

La obra social de los jubilados decidió interrumpir la asistencia de un psicólogo que se inició en 2014. La jueza federal Sylvia Aramberri hizo lugar a un amparo presentado por la hermana de la paciente

La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a un amparo y ordenó al Pami que en forma inmediata brinde la cobertura del tratamiento de acompañamiento terapéutico a una afiliada que padece esquizofrenia paranoide, según publicó el portal versionrosario.

Una mujer en carácter de curadora definitiva de su hermana, con el patrocinio letrado de la abogada Maribel Zarich, interpuso una acción de amparo contra la Obra Social Pami, con el objeto de que renueve la cobertura de la prestación de acompañante terapéutico para asistir a su hermana, puesto se la ha dejado sin tratamiento amenazando su derecho a la salud, ello conforme la indicación de los profesionales que la tratan.

Padece de Esquizofrenia paranoide (la persona se siente extremadamente sospechosa, perseguida, o con sentimientos de grandiosidad, o siente una combinación de estas emociones).

Posee síntomas depresivos, acompañados de delirios y alucinaciones, con severo compromiso funcional en el área social, laboral y familiar habiendo intentado –en reiteradas oportunidades- atentar contra su vida.

Desde el 2014 fue asistida por un psicólogo, quien brindó la prestación como acompañante terapéutico diario, como mínimo 6 horas por día, pero en horarios discontinuos ya que su patología le impide tener hábitos de vida ordenados.

La prestación fue suspendida y no renovada atento a ciertas irregularidades detectadas por las trabajadoras sociales del Pami, ya que en 3 oportunidades detectaron que el acompañante terapéutico no se encontraba.

La jueza federal Sylvia Aramberri destacó que “la Ley 24.901 instituyó un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Estipula que las Obras Sociales tendrán a su cargo con carácter obligatorio la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten las personas con discapacidad”.

Entradas recientes

Morning sacó su boleto a los octavos de final de la Copa Santa Fe y los otros tres equipos rosarinos van por lo mismo

Las chinches empataron en San Lorenzo e hicieron valer el triunfo en la ida. Social…

mayo 24, 2026

Agustín Rossi quiere precisiones y control democrático sobre el «Gemelo Digital Social”

El diputado nacional presentó un proyecto de resolución para exigir al Ejecutivo que aclare el…

mayo 24, 2026

25 de Mayo: cómo funcionarán los servicios municipales este fin de semana largo

Se garantizan guardias mínimas en salud y la recolección de residuos operará con normalidad, al…

mayo 24, 2026

Ciro Seisas, Unidos y LLA: «No tenemos un Adorni y representamos ideas distintas sobre el rol del Estado»

En su paso por el stream Política de El Ciudadano, el senador provincial analizó los…

mayo 24, 2026

Rasputín y la caída de los Romanov: el mito detrás del “monje” que aceleró el fin del zarismo

Beevor sostiene que gran parte de la leyenda que rodeó a Rasputín se construyó a…

mayo 24, 2026

Efecto motosierra: la Cámara de la Construcción advierte que el freno a la obra pública ya genera una deuda de US$ 22 mil millones al año

Desde la Cámara Argentina de la Construcción alertaron que la paralización de obras impulsada por…

mayo 24, 2026