Categorías: Política

Legislatura sancionó proyecto de ley que suspende las ejecuciones UVA en Santa Fe

La Legislatura sancionó un proyecto del diputado Leandro Busatto, que impide  el remate de las viviendas que fueron adquiridas a través del crédito hipotecario que impulsó la gestión Macri

La Legislatura sancionó un proyecto del diputado Leandro Busatto, que impide el remate de las viviendas que fueron adquiridas a través del crédito hipotecario que impulsó la gestión Macri.

«Esta ley suspende todos los juicios hipotecarios que tengan como destino rematar una vivienda en todos los casos de los créditos UVA, UVI e hipotecarios que tengan dos o tres características fundamentales: que sean viviendas únicas, familiares, hayan sido adquiridos por esta modalidad y tengan ocupación por los propietarios», explicó el Jefe del Bloque Justicialista de la Cámara de Diputados.

«Lo mínimo que podemos hacer desde la Legislatura es impulsar una norma que al menos por un año genere la certeza de que no van a perder su vivienda y, mientras tanto, evitar que esto suceda para que en Nación se termine de generar una ley que termine de resolver el problema de fondo», agregó.

En los fundamentos, la ley sostiene que el objetivo es «proteger a quienes han accedido a las operaciones de crédito para vivienda de capital actualizable, otorgados por entidades financieras en aplicación de las leyes 25.827 (UVA) y 27 .271 (UVI) y Decreto 902/2012, que se vieron atraídos por una inflación en baja prometida por el Gobierno de Juntos por el Cambio y expectativas de crecimiento que no fueron tales».

Dentro de los detalles establecidos en su artículo 2 se describe que la medida alcanza a las viviendas únicas, familiar y de ocupación permanente; a las que el origen del crédito hipotecario obtenido provenga de los programas financieros UVA, UVI y PROCREAR, o de cualquier otro programa o acto que previere un mecanismo de ajuste de dicho crédito sujeto a variación inflacionaria, para la adquisición, construcción, mejora y/o ampliación de vivienda. También exige que la vivienda sea habitada por el deudor, lo que deberá justificar mediante una declaración jurada.

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