Economía

Ley de Sociedades: qué cambios propone el gobierno

«Argentina adapta su derecho societario a la economía del siglo XXI y le dice al mundo: vengan a invertir acá», dijo Federico Sturzenegger al anunciar que el gobierno enviará proyecto al Congreso

Este viernes el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, había anunciado que en el transcurso de la jornada se enviaría al Congreso la nueva Ley General de Sociedades, la cual se sumaría al conjunto de reformas que el Gobierno viene implementando desde el inicio de su gestión.

Sobre esta cuestión, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, detalló en su cuenta de X (anterior Twitter) cuáles son (algunos de) los cambios clave que introduce este proyecto, el cual «nos mueve de un régimen rígido y anacrónico, construido sobre la desconfianza al sector privado, a un marco moderno basado en la autonomía, la libertad y la desregulación”.

Además, consideró que con esta ley «Argentina adapta su derecho societario a la economía del siglo XXI y le dice al mundo: vengan a invertir acá».

La primera modificación que menciona es que se termina la tutela del Estado sobre cómo los socios organizan sus negocios. «Las normas de la ley pasan a ser supletorias: el estatuto manda. Las restricciones estatales serán excepcionales y de interpretación restrictiva. Los registros públicos no podrán dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite», desarrolló.

La segunda refiere a la eliminación de las trabas burocráticas de los registros. «El objeto social podrá ser amplio, plural y sin obligación de conexidad entre actividades. Y si no se consigna objeto en el estatuto, se entiende que la sociedad puede realizar cualquier actividad lícita», explicó Sturzenegger.

El tercer cambio alude a que las sociedades podrán someter sus conflictos internos al derecho extranjero o mercantil internacional, así como también podrán pactar cláusulas arbitrales en el estatuto para resolver controversias sin depender de la lentitud de la justicia.

El cuarto punto señala que se permitirá la digitalización plena de la sociedad: domicilio electrónico, libros y registros digitales, asambleas a distancia, constitución de la sociedad por firma digital o electrónica, legajo digital público para cada empresa.

Por último, se regulará la “Sociedad Automatizada”, que opera mediante algoritmos o inteligencia artificial sin requerir empleados para su operación ordinaria, y las “DAO” (Organización Autónoma Descentralizada), que son total o parcialmente autónomas, con participaciones en tokens y registros en blockchain. Ambas tienen personalidad jurídica plena y responsabilidad limitada.

 

 

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