Se trata de un concepto que abarca desde una dieta sana a una actitud mental positiva e incluye la práctica de ejercicio regular moderado. "Al tener ordenanza propia, los Estudios Wellness podemos habilitar los Institutos como tal y no bajo la normativa de gimnasios", explicaron desde la Cámara
El Concejo Municipal de Rosario aprobó la ordenanza Nº 10.420 que establece que se denomine “Estudios para el movimiento consciente” a locales de enseñanza de disciplinas que conllevan un enfoque mental interno, conocidos como estudios Wellness.
Forman parte de esta categoría, Pilates, Yoga, Tai Chi, Qi Gong, Entrenamiento Postural, Estiramiento y Barra, así como otros métodos somático-corporales basados en la energía tales como Gyrotonic y Gyrokinesis, Nia Technique, Método Feldenkrais y 5 Ritmos y afines.
Concretamente la norma aprobada establece que se denomine “Estudios para el Movimiento Consciente” a todos los locales dedicados a la enseñanza y práctica de ejercicios que combinan movimiento con enfoque mental interno, conciencia corporal y respiración controlada con la intención de mejorar la fuerza, el equilibrio, la flexibilidad, la postura, la alineación corporal y la salud en general.
En tanto, la norma aprobada contiene una serie de reglamentaciones: los espacios deberán contar, para la realización de sus distintas prácticas, con dirección profesional y/o técnica específica. Tener título de grado en kinesiología, y/o título de grado en profesorado de educación física o de danza. También certificación oficial de profesorado y/o instructorado de yoga, en los casos en que la oferta incluya la enseñanza y/o práctica de yoga; en el caso de incluirse también pilates tendrán sus reglamentaciones específicas.
Se prohibirán en los establecimientos la venta y/o suministros de productos nutricionales de prestación farmacológica, medicamentos y/o fármacos, estimulantes y /o anabólicos y expendio de bebidas alcohólicas. La prescripción de cualquier dieta alimentaria deberá estar a cargo de un profesional médico.
En tanto, al momento de reglamentar la norma por el Ejecutivo Municipal se brindará un plazo de tres meses, para que los locales habilitados para el desarrollo de alguna de las disciplinas se adecuen a la ordenanza, incluyendo los gimnasios.
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