Así lo dispuso la Dirección Nacional de Migraciones, que flexibilizó los trámites
La Dirección Nacional de Migraciones modificó a fines del mes, a través de la Disposición 166/202, los trámites que deben hacer los menores para poder viajar en micros y colectivos de larga distancia. Entre otras medidas, se eliminó la necesidad de presentar documentación adicional como el DNI y el permiso para salir del país, según informó el portal Tiempo Argentino.
La norma fue publicada el 28 de enero en el Boletín Oficial y ya rige para todas las prestatarias del servicio. De esta manera se busca la simplificación «del acceso del pasajero a las terminales de embarque brindando mayor celeridad y eficiencia en los procesos».
Puntualmente, las operadoras quedan exentas de verificar el Comprobante de Residencia Precaria, Temporaria o Permanente; y Comprobante de Permanencia Autorizada TES/TUM/Comprobante Electrónico.
Respecto a los menores, se les exime la presentación de la “Autorización de Viaje Emitida por Funcionario Competente; Instrumento Público que acreditare el vínculo; Resolución Judicial acreditada mediante testimonio o certificado de dicha resolución debidamente legalizada por autoridad correspondiente a la jurisdicción, o por otro instrumento público donde se transcriba dicha resolución y haga plena fe de la misma”.
Claro está que el control de la documentación continuará realizándose en los puntos migratorios a cargo de los funcionarios responsables.
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