Con Maximiliano Ferraro a la cabeza, legisladores que integraron la comisión especial que investigó el escándalo de la criptomoneda presentó un escrito al procurador Eduardo Casal. Acusan a Taiano de no mover en tiempo y forma la investigación
Diputados que integraron la comisión investigadora $Libra en el Congreso presentaron este miércoles una denuncia contra el fiscal federal Eduardo Taiano.
Con la firma de Mónica Frade, Maximiliano Ferraro Sabrina Selva, Juan Marino, Itai Hagman, Esteban Paulón, Julia Strada y Rodolfo Tailhade, todos Diputados de la Nación, ex integrantes de la Comisión investigadora sobre la Criptomoneda $LIBRA formularon formalmente una presentación al procurador Eduardo Casal.
“Tras analizar detenidamente y luego de varios meses, el desenvolvimiento del señor Fiscal, la que podría estar configurando una grave infracción a sus deberes de funcionario público, en violación a lo normado por el art. 120 de la Constitución Nacional; así como las normativa especial (leyes 27.148 y 24.946), provocando demoras injustificadas en la producción de pruebas, en el presente trámite a su cargo y conductas contrarias al deber de objetividad”, fundamentaron los diputados.
Los legisladores cuestionan el ritmo con el que el fiscal lleva la investigación, quien tiene a cargo la “instrucción, el impulso y la producción de prueba conducente” y también “la responsabilidad de su celeridad”, procedió de manera
Uno de los puntos que mayor crítica genera es el que involucra a los dispositivos electrónicos Mauricio Novelli y Sergio Morales, que supone una relevancia considerable para la investigación. “Entre los meses de marzo y mayo de 2025, el material fue recibido por la fiscalía interviniente, quedando desde ese momento a su disposición elementos potencialmente decisivos para el avance del proceso. No obstante, ello, recién el 9 de septiembre de 2025 se ordenó el análisis de dicho material, lo que implicó una primera dilación significativa en el tratamiento de prueba central”, afirman los diputados.
Además, los legisladores se quejan por no haber sido habilitados para participar de la vista del tramite judicial. “El propósito era, optimizar la tarea de la comisión investigadora, evitando producir prueba que ya estuviera producida y, tomar conocimiento del contenido del informe de la Unidad de Tareas de Investigación”, aclararon.
En otro punto, el escrito retoma que el día 17 de noviembre de 2025, la fiscalía había recibido un informe preliminar del peritaje telefónico de Novelli, «sin haber sido incorporado a la causa, ni puesto a disposición de las partes querellantes. Es derecho de la querella supervisar la prueba que se va produciendo, por lo que el carácter de «preliminar» no lo autorizaba а mantenerlo fuera del conocimiento de las partes».
Y agregan: “El peritaje completo habría finalizado el 7 de enero de 2026, sin que ello se tradujera en un impulso efectivo de la investigación. Recién 25 de febrero se cargó al sistema de gestión judicial LEX 100, y el acceso integral a dicha prueba por parte de los interesados no se concretó sino hasta el 13 de marzo de 2026, consolidándose así una secuencia de demoras que, por su extensión y falta de justificación, resultan incompatibles con un desempeño diligente de la función de Fiscal”.
Por último, los diputados consideran mal desempeño que aún “no se dispusieron llamados a indagatoria, sino que tampoco se formalizaron imputaciones”.
La actuación del Fiscal denunciado debe analizarse a la luz del “artículo 120 de la Constitución Nacional, que impone al Ministerio Público la función de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”.
Para los diputados “el Fiscal Taiano incurrió en demoras injustificadas en la producción, análisis incorporación de la prueba central, particularmente en lo relativo a los dispositivos electrónicos secuestrados y, como mencionamos, testimonios ofrecidos”.
Esas “dilataciones” no aparecen fundadas en complejidad técnicas ni en circunstancias excepcionales, sino que, por el contrario, “revelan una inactividad incompatible” con el deber del mencionado funcionario.
«La retención indebida de prueba relevante, en tanto el informe «preliminar» del peritaje -obrante en poder de la fiscalía desde noviembre de 2025- y su eventual ocultamiento a los querellantes resulta incompatible con el principio de objetividad», sentenciaron los diputados de la comisión $Libra.
Fuente: DataClave
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