Se trata de Jonatan Kevin Bracamonte, de 25 años, quien fue penado con 6 años de cárcel. Mantuvo a la víctima encerrada en una vivienda de la ciudad de Gálvez. La sentencia fue dispuesta en el marco de un juicio abreviado
Un hombre de 25 años identificado como Jonatan Kevin Bracamonte fue condenado a seis años de prisión por haber privado ilegítimamente de su libertad a una mujer que era su pareja en Gálvez (departamento San Jerónimo). La pena además se le impuso por haber agredido a la misma víctima, quien estaba embarazada al momento de los hechos.
La sentencia fue ordenada por el juez Sergio Carraro, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
El fiscal Julio Lema representó al MPA en la audiencia en la que se llevó adelante el juicio. En tal sentido, precisó que “la pena impuesta resultó de la unificación con una condena anterior que Bracamonte aún no había terminado de cumplir”.
Lema indicó que “el condenado mantuvo encerrada a su pareja en una vivienda entre el viernes 21 de marzo del año pasado y el martes siguiente, cuando ella logró escapar en un momento en el que él se había ido a trabajar”.
Precisó que “fue en una casa ubicada en la primera cuadra de la calle Catamarca, en la cual el condenado había cerrado con llave todas las puertas y había bloqueado las aberturas con muebles”.
Asimismo, el funcionario del MPA remarcó que “durante la privación ilegítima de la libertad, Bracamonte agredió en reiteradas oportunidades a la víctima”. Al respecto, especificó que “a sabiendas de que ella estaba embarazada, la atacó con los puños y con un palo en diferentes partes de su cuerpo”.
El fiscal aseveró que “los hechos ilícitos se enmarcaron en un claro contexto de violencia de género”, y señaló que “el condenado impuso su superioridad física sobre la víctima, con quien mantenía una relación asimétrica de poder”.
Bracamonte reconoció su responsabilidad penal como autor de privación ilegítima de la libertad calificada (por tratarse de una persona a la cual le debía respeto particular) y lesiones leves dolosas calificadas (por haber sido cometidas en el marco de una relación de pareja, por parte de un hombre contra una mujer, mediando violencia de género).
Junto con su abogada defensora, el condenado aceptó la atribución delictiva realizada por la Fiscalía, la pena única impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.
En tanto, la víctima fue informada y expresó su acuerdo con lo dispuesto.
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