Categorías: Ciudad

Millonaria multa a Crédito Argentino por violar derechos de un consumidor

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe al rechazar el recurso de apelación de la empresa sostuvo que “se plasmó una capitalización anticipada de intereses que no se condice en absoluto con las limitaciones establecidas en la legislación vigente”

El juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia ofició a la Dirección de Comercio Interior por la posible comisión de infracciones a las disposiciones contenidas en la ley de Defensa del Consumidor.

El organismo provincial resolvió imputar a Crédito Argentino CFN S.A. presuntas infracciones y violación a los derechos de un consumidor y le impuso una multa de $2.000.000, informó el portal Visión Rosario.

Fue sancionada por violación de la prohibición de capitalización de intereses, imposición al consumidor del derecho exclusivo del proveedor de interpretar el alcance de las cláusulas contractuales, ocultamiento de información inherente a la ejecución contractual (fecha de pago del pagaré), violación del derecho a la información por no estar contenidos los requisitos en el documento que instrumenta la garantía del mutuo de consumo (pagaré) e inclusión de cláusulas abusivas en el contrato celebrado con el consumidor.

Agregó el organismo que “la capitalización inicial de intereses compensatorios incorporados en el monto del pagaré, sin previsión expresa en el contrato, resulta antijurídica y contraria a lo previsto en el artículo 770 del Código Civil y Comercial por falta de consentimiento expreso e informado del consumidor y por desequilibrar la relación de consumo”.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe al rechazar el recurso de apelación sostuvo que “se plasmó una capitalización anticipada de intereses que no se condice en absoluto con las limitaciones establecidas en la legislación vigente”.

Agregó que “uno de los principales condicionantes de las tasas de interés lo constituye el riesgo crediticio y, por tanto, no puede pretenderse que una entidad financiera otorgue créditos a tasas bancarias pues suelen captar como clientes a quienes no tienen acceso a créditos bancarios y presentan un mayor riesgo de recupero, no es en absoluto aceptable que se impongan al consumidor intereses que las incrementen en más de cuatro veces como ha ocurrido en el caso”.

Entradas recientes

Reforma laboral: los gremios apuestan que el debate se extienda

Con todas sus diferencias, las organizaciones sindicales coinciden en que Javier Milei está apurado por…

febrero 1, 2026

La reforma afectará a todos los trabajadores sin distinción de la fecha de su registración

El gobierno intentó confundir con el argumento de que no será de aplicación "retroactiva". Pero…

febrero 1, 2026

Balacera en la zona sur de Rosario: una nena de 5 años recibió un disparo y está grave

Ocurrió el sábado alrededor de las 22 en bulevar Seguí y calle 409, donde también…

febrero 1, 2026

Imputan a un fiscal de Vera por una causa de abuso sexual agravado

El imputado es el fiscal Leandro Darío Benegas, acusado de delitos vinculados a abuso sexual…

febrero 1, 2026

Rescatan 9 cachorros nacidos en hábitat y condiciones inadecuadas en una vivienda de zona sudoeste

La intervención fue realizada por agentes de la Municipalidad a través del Área de Protección…

febrero 1, 2026

Predicciones 2026: Saturno y Neptuno, la conjunción astrológica que cambiará el mundo y la Argentina

El 20 de febrero se perfecciona la conjunción entre Saturno y Neptuno en el grado…

febrero 1, 2026