Categorías: Economía

Monotributo 2023: cuál es la escala definitiva para la próxima recategorización

El pasado viernes 16 de junio, el Gobierno oficializó un aumento de 41% en las escalas del Monotributo 2023 a partir de julio

El Gobierno confirmó la suba de 41% en las escalas de facturación de las distintas categorías del Monotributo 2023 a partir del 1 de julio. El hecho fue oficializado el 16 de junio desde el Ministerio de Economía, donde destacaron que no existirá cambios en la cuota mensual.

La causa de esta medida de acuerdo con iProfesionalsurgió porque los monotributistas deben recategorizarse en julio. Este proceso ocurre cada seis meses, tomando en cuenta la actividad en los últimos días (enero y julio).

Cómo será la escala definitiva en la siguiente recategorización del Monotributo 2023

Ahora bien, de acuerdo con el Boletín Oficial en el decreto 315/2023, los parámetros de ingresos brutos anuales serán los siguientes:

  • Categoría A: pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
  • Categoría B: pasarán de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
  • Categoría C: pasarán de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
  • Categoría D: pasarán de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33
  • Categoría E: pasarán de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15
  • Categoría F: pasarán de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
  • Categoría G: pasarán de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
  • Categoría H: pasarán de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11
  • Categoría I: pasarán de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
  • Categoría J: pasarán de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
  • Categoría K: pasarán de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01

Seguidamente, se estableció que deberán corresponderse los nuevos valores para recategorización correspondiente al primer semestre de 2023.

Qué debe tenerse en cuenta para la recategorización en el Monotributo 2023

Finalmente, para la recategorización en el Monotributo 2023, se debe hacer un análisis de lo actuado en los últimos 12 meses de: la facturación, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados.

La totalidad de estos valores deben compararse con la tabla de AFIP y recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si no se producen cambios, no puede haber un cambio.

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