El organismo oficializó los nuevos topes de facturación. La recategorización se puede hacer hasta el 2 de agosto
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dio a conocer este domingo los nuevos valores para las categorías de monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación dispuestos con la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Asimismo, se debe tener en cuenta que el organismo recaudador ya había extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.
La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera:
Categoría A:
Categoría B:
Categoría C:
Categoría D:
Categoría E:
Categoría F:
Categoría G:
Categoría H:
Categoría I:
Categoría J:
Categoría K:
Al mismo tiempo, se aclaró que no ingresarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.
Además, quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:
En tanto, los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social.
El entrenador entendió las exigencias del hincha auriazul y a su vez destacó la cantidad…
El defensor redondeó un buen partido. Jugó de buena manera tanto en su posición como…
El volante del Betis, surgido de las inferiores del Canalla, ingresó al campo de juego…
Tras perder con Belgrano y además no tener una buena producción era factible que el…
El espacio político Rosario en Común dentro del Frente amplio por la Soberanía rechazó la…
"El gobierno impone por decreto lo que la docencia rechazó democráticamente", dijeron desde el gremio…