País

No va: la Corte rechazó la creación del primer sindicato de presos del país

De esta manera, dejó firme una sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había desestimado la demanda del SUTPLA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó el rechazo a la inscripción gremial del Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (SUTPLA), una organización creada en el Centro Universitario de la cárcel de Devoto con el objetivo de defender los derechos laborales de los internos que trabajan durante el cumplimiento de sus condenas.

El tribunal dejó firme una sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había desestimado la demanda del SUTPLA al considerar que los reclusos no pueden ser considerados “trabajadores” en los términos del decreto 467/88, por lo que no les corresponde el derecho a formar una asociación sindical en el marco de la ley 23.551.

La iniciativa gremial se había presentado en 2016 ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para solicitar la inscripción de su personería, según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas.

La entidad argumentó que representaba a todos los internos que realizan tareas o servicios en establecimientos penitenciarios federales o provinciales, de acuerdo con la ley 24.660 y el Reglamento General para Procesados, y acompañó la solicitud con su estatuto y un listado de afiliados.

El Ministerio de Trabajo rechazó la inscripción al sostener que los internos “no revestían la condición de trabajadores” y la organización apeló la decisión.

En 2023, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el criterio ministerial. En su fallo, los jueces señalaron que, “aunque el ingreso a una prisión no despoja al hombre de la protección de las leyes y de la Constitución Nacional”, quienes se encuentren privados de su libertad verán “mermada su capacidad de derecho”.

Los camaristas también destacaron que, si bien el trabajo penitenciario debe ser remunerado según la ley 24.660, esa retribución “no le corresponde al recluso” de manera directa, sino que se distribuye conforme a la normativa vigente.

“Los internos no son equiparables a los trabajadores libres, ya que estos últimos ejercen su oficio voluntariamente y pueden disponer libremente de su salario, mientras que los reclusos lo hacen bajo subordinación y obediencia al Estado, que no actúa como empleador”, señalaron.

Finalmente, los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazaron por inadmisible el recurso presentado por el SUTPLA, dejando firme la decisión judicial que negó su inscripción como sindicato.

Entradas recientes

“En Rosario hay que pagar para vender”: una radiografía narco de Nahuel Gallotta

El periodista y su par Sergio Naymark analizaron el entramado criminal de la ciudad en…

diciembre 5, 2025

Las Oreo llegan más negras: la multinacional alimenticia Mondelez paraliza producción en Pacheco y suspende a 2.300 empleados

Según la empresa, que elabora además productos de las marcas Terrabusi, Milka, Pepitos, Cadbury, Halls,…

diciembre 5, 2025

Alarma sindical: La Bancaria advierte tras despidos masivos en Santa Fe

La Asociación Bancaria de Rosario se ha declarado en alerta y movilización debido al despido…

diciembre 5, 2025

Marco Antonio Caponi es tendencia en las redes por una serie de fotos: ¿nuevo aspecto físico o Inteligencia Artificial?

El camaleónico actor contó el motivo real que hay detrás de unas publicaciones en sus…

diciembre 5, 2025

Cinegraf: la música que marcó a quienes nacieron en los 60, 70 y 80 sonará en JaguarHaus

Se trata de un espectáculo que repasa los grandes hitos artísticos que supieron marcar el…

diciembre 5, 2025

Tapia y la FIFA en la foto: mientras la política arde, el fútbol sonríe

El presidente de la AFA se fotografió con Gianni Infantino, antes del sorteo del Mundial

diciembre 5, 2025