El organismo de control exigió la prohibición de este producto en todos los supermercados del país
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó el retiro inmediato de todos los supermercados de uno de los aceites de oliva más consumidos por una falta grave al código alimentario que podría devenir en un eventual peligro para los usuarios.
La medida se hizo efectiva a través de la Disposición 7831/2025 publicada en el Boletín Oficial, donde se informó que se trata de un «producto apócrifo» que no contiene el etiquetado correspondiente, lo que lo transforma en un alimento ilegal.
Tras una investigación que determinó las irregularidades en el rotulado, el organismo de control ordenó el retiro de este producto:
ANMAT ordenó la prohibición de estos insumos «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por los argumentos vertidos» en su publicación oficial.
El organismo de control reveló que los aceites de oliva no es que carecen de registros de establecimiento y de producto como en otras medidas similares, sino que tras consultar al ente local se constató otra irregularidad.
Los productos tenían un RNE y un RNPA existentes, pero al consultar a la firma, pertenecía a otra razón social que no lo aceptó como propio ni como válidos.
Por esta razón, no cumplen con la normativa alimentaria vigente y se vuelven un peligro sanitario.
Además, los envases investigados estaban falsamente rotulados al exhibir en su etiqueta un Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) perteneciente a otro insumo.
La ANMAT resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea los productos ilegales «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento».
El organismo de control indicó que «no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente ni su inocuidad».
Además, también se ordenó suspender la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique los RNE o el RNPA de cualquier de estos dos lotes por ser un etiquetado falso.
La ANMAT detalla en el anexo de sus resoluciones las diferencias existentes entre el producto original y las unidades falsificadas.
Las alteraciones no solo radican en el registro, sino también en las especificaciones técnicas que se indican en el rotulado y en parte del texto. Por eso, para comprender el insumo, se deberá verificar el etiquetado original.
«En caso de contar con aquellas con las características descriptas, los usuarios deberán contactarse con los entes de control a cargo vía mail o a través del sitio ANMAT Responde«, sumaron.
El correo de contacto es pesquisa@anmat.gob.ar y en el mensaje se deberá detallar la situación completa con fotos del rótulo.
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