Pami: requisitos para que el apoderado realice el trámite de medicamentos gratuitos para jubilados
Puede ser familiar o no. El trámite es gratuito
Jubilados como pensionados pueden darle el poder a un tercero paraque realicen trámites ante la Anses como recibir sus medicamentos gratuitos.
Designar un apoderado para titulares de jubilaciones y/o pensiones se pueden poner a cargo a un familiar, a un abogado, gestor, tutor, cónsul o representante diplomático para que realice los trámites ante la Anses y cobre los haberes también. En este último caso se puede designar a un banco.
Los trámites son muchos, al igual que las personas que pueden ser designadas por el titular para realizar los trámites.
Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA.
Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
Mutuales e instituciones de asistencia social.
Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
¿Todos los jubilados y pensionados pueden acceder a este servicio?
Está destinado a personas titulares de jubilaciones y pensiones que no están en condiciones de realizar sus trámites ante Anses o percibir sus haberes, por dificultades para deambular o por residir fuera del país y a sus apoderados.
¿Qué requisitos se necesitan para poder llevar adelante el trámite?
DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).
Para cónyuges
Acta/certificado de matrimonio en original y copia.
Para conviviente previsional
Tener acreditada la relación como conviviente previsional
En caso de familiares
Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI).
En el caso de que los apoderados sean los bancos
Formulario PS 6.4 – Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
Para tutor/medida de abrigo
Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
Para curador/apoyo
Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
Para abogados
Credencial vigente.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Se debe reunir la documentación correspondiente de acuerdo a la situación personal y al tipo de poder que la persona quiera solicitar.
Sacar un turno en una oficina de ANSES y acercarse el día del del mismo con la documentación.