El Gobierno oficializó un aumento salarial del 36% a abonarse en tres tramos, con los haberes de julio, agosto y septiembre
El personal doméstico percibirá un aumento salarial del 36% a abonarse en tres tramos, durante julio, agosto y septiembre, según oficializó el Gobierno.
La medida se formalizó por medio de la Resolución 4/2023 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Según lo dispuesto, el incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas se hará efectivo de la siguiente forma: 20% a partir de julio, 8% no acumulativo a partir de agosto y otro 8% no acumulativo desde septiembre.
Así, las escalas salariales a percibir en agosto (con los ingresos de julio) quedaron definidas con los siguientes valores:
*Supervisor (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo): Personal con retiro, $1.125 por hora y $140.359,5 mensual: Personal sin retiro, $1.232 por hora y $156.344,5 mensual.
*Personal para tareas específicas (cocineros/as contratados en forma exclusiva y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo): Personal con retiro, $1.065 por hora y $130.402 mensual; Personal sin retiro, $1.168 por hora y $145.159,5 mensual.
*Caseros (tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo): por hora, $1.006; por mes, $127.228.
*Asistencia y cuidado de personas: (asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores): Personal con retiro, $1.006 por hora y $127.228 mensual; Personal sin retiro, $1.125 por hora y $141.782 mensual.
*Personal para tareas generales (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar): Personal con retiro, $932,5 por hora y $114.415 mensual; Personal sin retiro, $1.006 por hora y $127.228 mensual.
De acuerdo con la Resolución, se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías, para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el partido de Patagones en provincia de Buenos Aires.
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