Espectáculos

Por falta de competencia, la Justicia española dio a conocer que no investigará la denuncia contra el cantante Julio Iglesias

En las últimas horas se conoció que el Ministerio Fiscal archivó la causa por agresión sexual y trata de personas alegando “falta de jurisdicción de los tribunales españoles” para avanzar en los hechos denunciados por dos ex empleadas del artista

Hace unos días se conocieron fuertes acusaciones de abuso sexual contra el cantante español Julio Iglesias. Las víctimas habrían sido dos exempleadas de sus mansiones de República Dominicana y Bahamas y luego de varios días de silencio, el cantante emitió un comunicado en sus redes sociales donde desmintió los hechos.

De todos modos, más allá del escándalo mediático que no es el primero que involucra al artista octogenario por este tipo de cuestiones, en las últimas horas, la Fiscalía de la Audiencia Nacional de España decidió archivar esa denuncia contra el artista por agresión sexual y trata de personas.

El Ministerio Fiscal adoptó esta decisión “por falta de jurisdicción de los tribunales españoles y, por lo tanto, la falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de la investigación preprocesal de los hechos denunciados”.

Según la denuncia, que contó con la representación letrada de la organización internacional Women’s Link, los hechos podrían ser constitutivos de un delito de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre del artículo, acoso sexual, agresión sexual, de lesiones y contra los derechos de los trabajadores. El caso se hizo público a raíz de una investigación de elDiario.es y Univisión.

Por su parte, el cantante publicó un texto en sus redes una vez conocida la denuncia donde entre más expresó: “Niego haber abusado, coaccionado o faltado el respeto a ninguna mujer. Esas acusaciones son absolutamente falsas y me causan una gran tristeza”.

El artista español escribió además “nunca había sentido tanta maldad” y profundizó: “Pero aún me quedan fuerzas para que la gente conozca toda la verdad y defender mi dignidad ante un agravio tan grave”.

Las mujeres, que trabajaron como empleada doméstica y fisioterapeuta en sus casas de República Dominicana y Bahamas en 2021, relataron situaciones de control extremo, tocamientos no consentidos, insultos y presiones para mantener relaciones sexuales con el artista, que entonces tenía 77 años.

Una de las mujeres relató haber sido presionada de forma sistemática para mantener relaciones sexuales con el cantante. En su declaración, asegura haber sido víctima de penetraciones no consentidas, bofetadas, insultos y otras formas de violencia física y psicológica.

La segunda denunciante afirmó haber sufrido tocamientos no consentidos y besos forzados por parte de Iglesias, incluso frente a otros empleados, en espacios comunes como la piscina o la playa.

Ambas coinciden en describir un clima de vigilancia constante, jornadas laborales extenuantes de hasta 16 horas diarias, restricciones severas sobre el uso del teléfono y limitaciones para salir de las propiedades.

No residen en España

En este sentido, se recoge que la totalidad de los hechos presuntamente delictivos habrían ocurrido fuera del territorio español, concretamente en la República Dominicana y las Bahamas. Por otro lado, la resolución señala que “las personas denunciadas, ni residen en España ni mantienen en este país su centro de vida, intereses o actividad, con independencia de que Julio Iglesias tenga propiedades inmobiliarias“.

Las presuntas víctimas tampoco tienen nacionalidad española ni residen en España, “ni viajaron con el denunciado en algún momento a España, careciendo por completo de vínculo personal o territorial con nuestro país”, tal como se ha ratificado en su declaración en sede de las presentes diligencias de investigación preprocesal.

Asimismo, la Fiscalía incluye en el relato de los hechos que “no consta” que ninguno de los denunciados se encuentre actualmente en territorio español ni que haya sido objeto de una “solicitud de extradición cuya denegación activaría alguno de los supuestos previstos en el art. 23 LOPJ”. Y tampoco “existe constancia” de que las autoridades de los países donde se habrían cometido los hechos hayan renunciado a ejercer su jurisdicción o se encuentren imposibilitadas para hacerlo.

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