Sociedad

Precedente en la provincia: el Poder Judicial frenó débitos automáticos sobre haberes de una jubilada

La demandante realizó una presentación judicial para evitar que el banco debite todos sus haberes. El Poder Judicial le dio la razón amparándose en la Constitución Provincial y en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

La jueza en lo Civil y Comercial, Verónica Gotlieb, dispuso el cese de los débitos automáticos que pesaban sobre los haberes de una jubilada. La mujer, debido a problemas de salud, había comenzado a abonar el pago mínimo de la tarjeta de crédito y comenzó a sufrir detracciones por parte de la entidad bancaria que terminaron por absorberle todos sus haberes jubilatorios. En febrero, invocando la normativa establecida por el Banco Central, la mujer intimó al banco al cese de los débitos automáticos. Pero los mismos continuaron y la demandante recurrió al Poder Judicial.

En ese contexto, presentó una medida autosatisfactiva. Este tipo de recursos se utilizan en la provincia para solucionar coyunturas urgentes que no pueden esperar la solución que podría dar otro tipo de proceso judicial.

La jueza hizo lugar a la medida solicitada. Ordenó al banco abstenerse de practicar cualquier tipo de débito o detracción sobre haberes jubilatorios de la reclamante. Fundamentó que la jubilada se encuentra en una situación de vulnerable cuya tutela impone en la actualidad la Constitución de la Provincia de Santa Fe. La Carta Magna establece dicha protección en su artículo 32 “para los consumidores y usuarios hipervulnerables”. Los protege “contra los riesgos de la publicidad, del sobreendeudamiento y de las cláusulas contractuales y prácticas abusivas”.

La magistrada se basó en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. La misma impone la protección judicial efectiva, instando la adopción de las medidas judiciales que garanticen a las personas mayores un trato diferenciado y preferencial.

Micaela Domínguez, abogada de la jubilada, señaló que el precedente citado tiene trascendental importancia en las circunstancias actuales, donde se registran altos niveles de endeudamiento en la clase media, siendo el débito automático el principal medio de pago utilizado por la mayoría de usuarios y consumidores.

Este sistema automatizado genera todo tipos de abusos, otorgando incluso un privilegio respecto a otros eventuales acreedores ya que permite a la entidad bancaria cobrar con preferencia, situación vedada por la ley.

Fuente: Versión Rosario

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