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Prepaga deberá pagar la totalidad de trasplante de médula a un prestador externo

La Justicia Federal se expidió ante el pedido de una joven de 20 años que fue derivada al Hospital Austral en Buenos Aires dada la urgencia del tratamiento. Se basó en la ley 27.447 de trasplante de órganos que posibilita elegir el lugar de la operación

La Justicia Federal de Rosario ordenó, mediante una cautelar, que una empresa de medicina prepaga cubriera el 100% del trasplante de médula ósea a una joven de 20 años, aunque el sanatorio elegido no fuera prestador de la firma. El fallo se basó en la ley 27.447 de trasplante de órganos, tejidos y células que posibilita al receptor elegir el lugar de la operación.

En julio, la joven de 20 años fue diagnosticada con leucemia linfoblástica aguda B. Tras una serie de estudios de control, le indicaron un trasplante de médula ósea alogénico urgente para el cual su hermana resultó compatible. El médico tratante la derivó al Hospital Universitario Austral de Pilar, de Buenos Aires, dada la complejidad de la patología y el rápido avance que manifestaba. La institución envío la solicitud de estudios y cirugía para la autorización de la empresa de medicina prepaga Galeno, de la cual la joven es beneficiaria. El nosocomio además figura como prestador en su página de inicio web.

Galeno no informó la autorización del trasplante y, ante la urgencia, la joven presentó una intimación en octubre pasado. La prepaga respondió que el plan contratado por la joven resulta cerrado, por lo que no cuenta con cobertura para realizar un trasplante alogénico relacionado de médula ósea en cualquier lado. Argumentó que el médico que la trató no es de cartilla y que el Hospital elegido tampoco corresponde al plan de salud contratado.

En la resolución, el Juzgado Federal consideró el Decreto 16/2019 que reglamenta la ley 27.447 de trasplante de órganos, tejidos y células en el art. 28 segundo párrafo del Anexo I que dispone “… Se deberá asegurar al paciente la libre elección respecto al centro de trasplante debidamente habilitado…”.

Por lo tanto, y dada la urgencia del caso, resolvió que la prepaga Galeno deberá pagar la totalidad del trasplante en el Hospital Universitario Austral, incluida la medicación, acompañante, estudios y honorarios de los profesionales.

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