Policiales

Prisión preventiva para el profesor de Newell’s que incendió el auto del juvenil Facundo Guch con una bomba molotov

Lo encontraron culpable de, junto a dos cómplices, ingresar al predio Jorge Griffa y lanzar un artefacto explosivo que provocó el incendio del auto del juvenil leproso

En una audiencia imputativa realizada este jueves en el Centro de Justicia Penal de Rosario, la fiscal Paula Barros de la Unidad Especializada en Violencias Altamente Lesivas le atribuyó a los identificados como M.S., J.C., y J.P. los delitos de intimidación pública agravada por el empleo de explosivos, incendio con peligro común para los bienes y daños, todos en concurso ideal y en calidad de coautores.

La jueza de primera instancia María de los Ángeles Granato tuvo por formalizada la audiencia, disponiendo, haciendo lugar a lo solicitado por la Fiscalía, la prisión preventiva efectiva por el término de 90 días para los identificados como M.S y J.C y para J.P., se dispuso la libertad, no haciendo lugar al pedido de Fiscalía.

Fiscalía le atribuyó el hecho del pasado 22 de febrero de 2026, aproximadamente entre las 00 y las 1:30, M.S., N.C., y J.P., actuando de manera conjunta, organizada y coordinada entre sí y con otras personas aún no individualizadas, participaron de un accionar previamente planificado destinado a infundir temor público, generar conmoción social, intimidar a una institución deportiva de trascendencia pública y provocar daños mediante la utilización de artefactos incendiarios de fabricación casera tipo molotov, materialmente idóneos para producir fuego, explosión, propagación ígnea y alarma pública.

En dicho contexto, los imputados se movilizaron junto a los restantes intervinientes a bordo de dos vehículos Volkswagen Gol Trend, uno de color rojo, ocupado por M.S., J.P. y otro sujeto aún no individualizado, y otro de color gris, ocupado por J.C., y otros sujetos aún no individualizados, realizando durante todo el desarrollo del hecho un desplazamiento conjunto, coordinado y previamente organizado.

Así, aproximadamente a las 00:20, ambos vehículos detuvieron su marcha en inmediaciones de avenida 27 de Febrero y Teniente Agneta, donde descendieron sus ocupantes, permaneciendo reunidos durante varios minutos, observando los alrededores y desarrollando maniobras compatibles con tareas de coordinación previas al ataque.

Asimismo, durante dicha secuencia M.S. procedió a adulterar, ocultar o modificar de alguna manera las chapas patentes del rodado Volkswagen Gol Trend rojo, tanto delantera como trasera, procurando dificultar su posterior identificación y asegurar la impunidad de los intervinientes.

Luego de dicha reunión, ambos vehículos continuaron su desplazamiento actuando de manera coordinada y conforme un plan previamente acordado. Sin perjuicio de ello, al aproximarse a la zona del predio Bella Vista, el Volkswagen Gol Trend rojo, en el que se desplazaban M.S., J.P. y otro sujeto aún no identificado, continuó hasta las inmediaciones del lugar donde se concretaría el ataque, mientras que el Volkswagen Gol Trend gris, ocupado por J.C.y otros intervinientes, se desvió previamente, permaneciendo no obstante vinculado al operativo criminal mediante tareas de apoyo, logística, coordinación, vigilancia, cobertura y aseguramiento de la ejecución y posterior retirada de los autores.

Una vez arribado el Volkswagen Gol Trend rojo a las inmediaciones del predio, y como consecuencia de una distribución funcional de tareas previamente acordada entre todos los participantes, al menos dos de los ocupantes del rodado descendieron e ingresaron al complejo deportivo por el sector lindero a las canchas, portando artefactos incendiarios de fabricación casera tipo molotov, mientras otro de los intervinientes permaneció vinculado al vehículo cumpliendo funciones de apoyo logístico, vigilancia y aseguramiento de la huida.

En ejecución del plan común previamente acordado, los autores arrojaron al menos dos bombas molotov contra distintos bienes ubicados dentro del complejo deportivo. Uno de dichos artefactos impactó sobre un vehículo marca Audi A3, perteneciente a un jugador de fútbol, provocando un foco ígneo sobre el techo del rodado y ocasionando daños materiales sobre dicho vehículo. El restante artefacto incendiario impactó sobre sectores edilicios del predio Jorge Griffa, generando fuego y daños materiales sobre dichas instalaciones.

Asimismo, como parte del mismo accionar intimidatorio previamente planificado y ejecutado en forma coordinada por todos los intervinientes, fue colocada sobre el ingreso externo del predio una bandera de tela color blanca con letras rojas con un mensaje inequívocamente amenazante dirigido a los integrantes de la institución deportiva y destinado a reforzar el efecto intimidatorio buscado mediante el ataque incendiario.

La utilización de tales artefactos incendiarios constituyeron medios materiales normalmente idóneos para infundir temor público, generar alarma social, conmoción colectiva y desorden, especialmente por haber sido utilizados contra instalaciones pertenecientes a una institución deportiva de significativa trascendencia pública y social para la ciudad de Rosario.

Asimismo, el accionar desplegado resultó idóneo para causar y efectivamente causó incendios con peligro común para los bienes, toda vez que las bombas molotov fueron arrojadas dentro de un predio que contenía vehículos estacionados, edificaciones, instalaciones deportivas y demás bienes susceptibles de resultar alcanzados por la propagación del fuego, generando un riesgo concreto para la seguridad pública.

Posteriormente, consumado el ataque, los autores materiales regresaron al punto de encuentro previamente acordado, siendo recogidos por el vehículo que había permanecido en funciones de apoyo, continuando todos los intervinientes su retirada mediante los vehículos utilizados durante la maniobra, procurando asegurar su impunidad y dificultar su identificación.

De esta manera, M.S., J.C. y J.P., actuando de manera conjunta y coordinada entre sí y con los restantes partícipes aún no individualizados, tomaron parte en un hecho único mediante el cual, a través de una misma secuencia de acción y conforme un plan criminal previamente acordado, afectaron simultáneamente la tranquilidad pública, la seguridad pública y la propiedad ajena, empleando bombas molotov como medio intimidatorio agravado, provocando incendios con peligro común para los bienes y ocasionando daños concretos sobre el vehículo Audi A3 y sobre las instalaciones del edificio Jorge Griffa.

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