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Prohíben una marca de dióxido de cloro ofrecido contra el coronavirus

A través de Disposición 8783/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se prohibió un dióxido de cloro que se ofrecía como cura de muchas enfermedades, entre ellas el covid- 19

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un dióxido de claro, por considerarlo «un producto ilegítimo».

A través de Disposición 8783/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se prohibió un dióxido de cloro que se ofrecía como cura de muchas enfermedades, entre ellas el coronavirus covid- 19.

«Prohíbese el uso y la comercialización en todo el territorio nacional del producto identificado en su rótulo como: ‘Solución de Dióxido de Cloro (ClO2) 3000 ppm Los Ángeles CDS’, en todas las presentaciones, por resultar ser un producto ilegítimo», se apunta en el texto oficial.

La venta de este dióxido de cloro se descubrió en la red social Facebook, donde se comercializaba abiertamente el producto.

«Es un producto permitido y aprobado como sanitizante según Disposición de la ANMAT de Argentina Nº 4399/17 y que es un producto de uso profesional en la industria sanitaria, alimenticia y gastronómica», se promocionaba en la red social.

Y agregaba: «El dióxido de cloro CDS es muy perdurable ya que es el más efectivo conservante antiviral, bactericida, fungicida utilizado desde los ‘90s, que debido a la aparición del virus HIV- SIDA, por norma sanitaria mundial se utiliza para conservar y descontaminar la sangre viva almacenada para transfusiones por su poder para destruir e incapacitar a todos los virus, incluido el Covid-19 coronavirus y evitar contagios; elimina esporas, hongos, malos olores, desinfecta y purifica el agua, por último que es un producto altamente eficiente y confiable».

Además, se comprobó que la Disposición Anmat Nº 4399/17 a la que se hace referencia «corresponde a la aprobación del registro del producto domisanitario ‘limpiador sanitizante alcalino para uso en la industria alimenticia, marca INAP114’, titularidad de INAP S.R.L., pero que la empresa INAP S.R.L declaró que el producto promocionado no es propio, que no tienen relación alguna con la fabricación y/o comercialización del mismo, ni con las personas involucradas, resultando por lo tanto ser un producto ilegítimo».

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