Categorías: País

Reducción en indemnizaciones: la nueva base de cálculo que busca evitar «los montos desmedidos»

La Cámara Laboral comenzó a aplicar la medida dispuesta por la Corte Suprema. Todos los detalles

La Cámara Laboral comenzó a aplicar la reducción de capitalización de intereses en indemnizaciones para trabajadores que estableció la Corte Suprema en un fallo reciente.

El 29 de febrero pasado, la Corte limitó el cálculo de créditos laborales al considerar que la capitalización de intereses –tal como se venía aplicando- no estaba prevista en la ley y provocó un incremento desproporcionado de una indemnización que, en el caso, fue del 7745,30 por ciento.

Ahora, la Cámara del Trabajo emitió la Resolución 3/24 que reemplazó el cálculo de intereses y recomendó que los créditos laborales se rijan por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), más una tasa pura del seis por ciento anual, con una única capitalización desde la fecha de notificación de la demanda.

El sistema anterior, que la Corte dejó sin efecto, establecía el pago de intereses calculados a tasas activas desde el momento de exigibilidad de los créditos laborales y, además, que esos intereses se capitalicen al momento de la notificación de la demanda y sigan capitalizándose sucesivamente en forma anual hasta la fecha de la liquidación de la condena.

Ello generaba una suerte de intereses de los intereses, lo que incrementaba exponencialmente el cálculo final del monto de la indemnización.

En sintonía con ese fallo del máximo tribunal, la Sala VIII de la Cámara Laboral sostuvo que “es necesario encontrar un método de compensación de los créditos de los trabajadores que no lleve a que los reajustes representen un costo de tal magnitud, que exceda los valores del dinero en el mercado y derive en un posible enriquecimiento sin causa”.

“A la par, es indispensable que ese método de compensación mantenga incólume el poder de compra -el ‘valor’- del crédito laboral”, añadió el fallo.

“La aplicación, a los créditos, del mecanismo del ‘CER’, guarda total y absoluta razonabilidad en la medida que, indudablemente, su resultado no excede sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contrajo la obligación”, resumió el fallo.

Entradas recientes

Conmoción en El Chaltén: una turista francesa murió tras una avalancha en el Cerro Crestón

La víctima tenía 29 años y estaba junto a su pareja cuando ocurrió el desprendimiento…

septiembre 29, 2026

No aplican intereses en el pago de prestaciones en un accidente laboral

La Justicia Laboral de Rosario no aplicó intereses en el pago de las prestaciones por…

septiembre 29, 2026

Invitan a una jornada sobre el lavado de activos del crimen organizado

La jornada: “Crimen Organizado y flujos financieros ilícitos: Desafíos y Estrategias para su desarticulación” se…

septiembre 29, 2026

La Legislatura evalúa una sanción contra una fiscal de Tostado por demoras en la investigación de delitos

Se trata de la fiscal Shirli Tomasso, a quien se le endilga falta de diligencias…

septiembre 29, 2026

Condenan a seis empleados de inmobiliaria Spaggiari por megamillonaria estafa en Rafaela

Llevaron a cabo los hechos ilícitos mientras trabajaban para el Grupo Spaggiari SRL y firmaron…

septiembre 29, 2026

La Anmat prohibió todos los productos de limpieza de una marca de venta masiva: los motivos

La firma vendía desinfectantes, limpiadores y aromatizantes por redes sociales y plataformas digitales sin estar…

septiembre 29, 2026