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Reforma judicial: Corte Suprema habló de «inaplicabilidad de normas»

Lo resolvieron mediante tres acordadas sucesivas. Los principales puntos que motivaron la discusión son la publicación en un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales y el referido a los concursos públicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza.

La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy, mediante tres acordadas sucesivas, la inaplicabilidad de normas votadas por la Congreso en el paquete de la reforma judicial.

En relación a la ley 26.856, que dispuso la publicación en un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales, el máximo tribunal consideró que los objetivos centrales de la norma “se encuentran ya cumplidos”. Invocó la acordada 14/2013 del mismo tribunal que estableció la obligación de publicación de sentencias a través del Sistema Informático de Gestión Judicial que se accederá a través del Centro de Información Judicial (CIJ).

La Corte aprobó crear un protocolo de Registro de Sentencias, acordadas y resoluciones administrativas hasta tanto ser puesta en marcha dicho sistema.

En relación a la ley 26.857, que sancionó el carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios públicos, la Corte la consideró “consistente con los principios de transparencia” pero declaró la “inaplicabilidad” del artículo 6 que depositó en la Oficina Anticorrupción la aplicación de la norma.

En tal sentido “estableció como autoridad responsable de la aplicación del régimen de recepción, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretaría General y Administración de la Corte Suprema de Justicia”.

Finalmente y en relación a la ley 26.861 referida a los concursos públicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza, el máximo tribunal consideró que régimen legal “no resulta aplicable en el ámbito de esta Corte” e invocó el articulo 113 de la Constitución Nacional. La acordada con la firma de los siete ministros, estableció que la Corte Suprema “como autoridad de aplicación” de la ley 26.861 “sancionará la reglamentación del procedimiento de concursos previstos para el ingreso al Poder Judicial”.

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