Categorías: Política

Reforman mecanismo de sanción de fiscales

A partir de ahora, solo las faltas graves que supongan la destitución o suspensión de fiscales o defensores serán investigadas por la Legislatura. El resto de las faltas serán investigadas por el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Provincial de la Defensa Penal.

La Legislatura ya no tendrá el control absoluto en el proceso de remoción o suspensión de fiscales y defensores. En su última sesión, el Senado provincial sancionó en forma definitiva un proyecto que reforma las leyes del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Provincial de la Defensa Penal, que recuperan así su potestad de investigar y sancionar a sus propios funcionarios.

La reforma determina tres tipos de investigaciones:

  • Ante faltas leves cometidas por fiscales y defensores del sistema penal, serán las propias autoridades de esos organismos (los fiscales y los defensores regionales) quienes se encargarán de la investigación y la sanción.
  • Las faltas graves consideradas de carácter técnico serán investigadas en jurisdicción de los tribunales de disciplina de la Auditoría General de Gestión del Ministerio Público y del Servicio de Defensa.
  • En cambio, las faltas graves que supongan la destitución o suspensión de fiscales o defensores serán investigadas por la Legislatura, en un proceso que se iniciará en la Comisión Bicameral de Acuerdos –donde se designará a un legislador como “acusador”– y finalizará con la votación en sesión conjunta de ambas cámaras del dictamen que el “acusador” eleve al recinto.

Se trata del tercer cambio desde la puesta en marcha del nuevo sistema penal, en febrero de 2014. Al principio, la facultad de remover funcionarios de la Fiscalía o la Defensa estaba en manos de los propios organismos, a través de sus auditorías; solo quedaba en jurisdicción de la Legislatura la remoción o sanción de las cabezas de ambos organismos, como ocurrió cuando se apartó de su cargo al ex defensor general de la provincia, Gabriel Ganón.

Luego la Asamblea Legislativa reformó el procedimiento y le quitó esa potestad al Ministerio Público de la Acusación y al Servicio Provincial de la Defensa Penal. Ahora, ante las dificultades que representó ese cambio –sobre todo en casos sensibles al sector político como la megaestafa o la intervención del teléfono del ministro de Seguridad Maximiliano Pullaro–, las distintas fuerzas políticas acordaron un esquema intermedio según el cual la Legislatura solo intervendrá ante faltas graves cometidas por funcionarios judiciales.

Con el nuevo mecanismo, un legislador de la Comisión Bicameral tendrá a su cargo la acusación contra el funcionario judicial apuntado; luego la comisión emitirá un dictamen y, finalmente, en sesión conjunta de ambas cámaras se votará el dictamen que podrá sugerir una sanción o la remoción definitiva de su cargo.

Si bien la nueva reforma se empezó a discutir hace dos meses y la media sanción fue dos semanas atrás, los tiempos legislativos se aceleraron a partir de un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario que declaró inconstitucional la ley 13.695 que dejaba en manos del Poder Legislativo las denuncias por mal desempeño o comisión de delitos dolosos por parte de fiscales y defensores. El fallo se conoció el último miércoles, un día antes de la sanción de la nueva ley.

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