La Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal expresó su preocupación y su rechazo a un fallo de la Cámara Federal de Rosario, que impuso que el fiscal Claudio Palacín en forma personal se haga cargo de las costas, es decir de los gastos y los honorarios del abogado defensor de una persona acusada en un juicio por narcotráfico.
Según explicaron fuentes judiciales a Palacín le impusieron en forma personal, y en contra de lo que la ley expresa, las costas en una causa de narcotráfico a pedido y a favor del abogado defensor particular de uno de los imputados, a raíz de una incidencia procesal que, como fiscal federal y representante de los intereses generales de la sociedad en la investigación y castigo de los delitos, impulsó en cumplimiento de sus obligaciones funcionales. Esta resolución fue elevada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que “ponga las cosas en su lugar y anule la arbitraria resolución”, describieron los voceros.
Por su parte, la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal manifestó públicamente su “enorme preocupación y rechazo” por el fallo de la Cámara Federal de Rosario que impuso costas por su actuación a Palacín, como así también de la postura de la Cámara de Casación, que declaró inadmisible el recurso presentado por el fiscal contra tal decisión.
“Llama poderosamente la atención que ninguno de los dos tribunales colegiados siquiera mencionen y analicen lo expresamente establecido por la ley de Ministerio Público Fiscal que expresa y claramente señala que los magistrados que lo integran no podrán ser condenados en costas en las causas en que intervengan como tales”, destacan desde la asociación de fiscales.
“Si bien se nos ha informado que el representante del Ministerio Público Fiscal recurrirá ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir tal decisión, no podemos pasar por alto un pronunciamiento de esta índole que resulta totalmente arbitrario por cuanto carece de todo fundamento y ni siquiera analiza la norma legal mencionada, que impide aplicar costas a los fiscales en el ejercicio de su función”, agrega la asociación de fiscales.
Además consideran que, un fallo de esta naturaleza (si bien no se encuentra firme), no sólo genera intranquilidad al fiscal general que interviene, sino al Ministerio Público Fiscal en su conjunto, por cuanto “conlleva un innecesario dispendio jurisdiccional y pérdida de tiempo para revertir una decisión que emana de tribunales colegiados que lamentablemente –en este caso– han demostrado desconocer la ley vigente”, cierran los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación.