El Hincha

Revés para Tapia y Toviggino: la Justicia rechazó el pedido de nulidad en la causa por presunta evasión

La Cámara en lo Penal Económico confirmó la resolución que rechazó el planteo de “falta de acción” presentado por la defensa de la entidad deportiva

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) sufrió este martes un revés en la causa que inició la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) por posible retención indebida de tributos, ya que la Sala A de la Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia y determinó que no corresponde cerrar el expediente en esta etapa, por lo que la investigación continuará su curso.

El tribunal también ratificó la imposición de costas a los imputados que impulsaron el incidente.

La causa se originó a partir de una denuncia del órgano recaudador del Estado que sostuvo que la AFA habría retenido tributos y contribuciones al sistema de seguridad social sin depositarlos dentro del plazo legal.

Según el requerimiento fiscal, los montos cuestionados corresponden a distintos períodos entre marzo de 2024 y septiembre de 2025, con cifras que superan ampliamente los umbrales establecidos por la ley penal tributaria.

En ese marco, el juzgado interviniente ya había dictado el procesamiento de varios dirigentes, entre ellos Tapia, además de otros responsables vinculados a la conducción de la entidad.

La defensa argumentó que, al momento de los vencimientos, regían resoluciones del Ministerio de Economía que suspendían el inicio de ejecuciones fiscales contra entidades sin fines de lucro, categoría en la que se encuadra la AFA. Sobre esa base, sostuvo que no existía obligación exigible y, por lo tanto, tampoco delito.

Sin embargo, los jueces rechazaron esa interpretación. Señalaron que la suspensión de las ejecuciones fiscales no modifica la obligación de pago ni altera los vencimientos de las obligaciones tributarias, por lo que no resulta suficiente para descartar la eventual comisión de un delito.

Además, el tribunal remarcó que la inexistencia del hecho ilícito no surge de manera evidente, condición necesaria para admitir una excepción de falta de acción. Por ese motivo, concluyó que la cuestión deberá analizarse en profundidad durante la investigación principal.

Con este fallo, la Cámara confirmó la continuidad del proceso penal y dejó abierta la evaluación de fondo sobre la responsabilidad de los imputados, en una causa que podría derivar en sanciones penales por apropiación indebida de tributos y aportes a la seguridad social.

Entradas recientes

Quién es Virginia Coudannes, la flamante vocera del gobierno de Santa Fe

Quien hasta la semana pasada era funcionaria de Seguridad asumió un nuevo rol dentro de…

abril 7, 2026

Diego El Cigala regresa a la Argentina y pasará por Rosario

El artista español vuelve a la ciudad este 16 de abril para presentarse en el…

abril 7, 2026

Qué significa “lore”, la palabra que se volvió tendencia en redes sociales

En los últimos meses, una palabra empezó a repetirse cada vez más en redes sociales:…

abril 7, 2026

Trabajadores del Servicio Meteorológico Nacional realizan un cese de actividades y reclaman ante la amenaza de despidos

En redes sociales denunciaron que el Ministerio de Desregulación quiere vaciar al SMN y pidió…

abril 7, 2026

Alerta invierno: Litoral Gas recorre Rosario en busca de fugas

El control se realiza con equipos que permiten identificar pérdidas incluso microscópicas. Desde la empresa…

abril 7, 2026

Invitan a una jornada para pensar a Diego Maradona desde la cultura y la política

El encuentro tendrá lugar el 10 de abril a las 18:00 en el CelCHE y…

abril 7, 2026