Revocaron absolución de Luis Rubeo padre por el asesinato de Constantino Razzetti en 1974

Lo determinó la Cámara de Apelaciones sobre una resolución de primera instancia de febrero de 2021. Sin embargo desde Fiscalía piensan que se están dilatando los tiempos "lo más que se pueda", por la edad del ex senador nacional justicialista

Esta semana se conoció la resolución de la Cámara de Apelaciones que revocó la absolución que había sido otorgada el 21 de febrero de 2021 en primera instancia al ex senador nacional Luis Rubeo padre y al militante Eduardo Aguilera, acusados como autores del crimen Constantino Razzetti, también militante peronista y vicepresidente del Banco Municipal de Rosario.

El hecho ocurrió la madrugada del 14 de octubre de 1973 luego de una cena de celebración en un club en zona Norte por el regreso al país del general y ex presidente exiliado Juan Domingo Perón.

Razzetti volvió junto a su familia en auto a su casa ubicada en San Lorenzo al 2600 y luego de que el resto entrara al inmueble lo ultimaron por la espalda frente a la puerta. Murió en el acto y si bien ninguna organización de entonces se atribuyó el crimen diversas declaraciones e investigaciones (judiciales y periodísticas) asocian a los acusados a la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina) que era una banda parapolicial que funcionó como verdadera antesala del terrorismo de Estado que se desplegaría por completo desde el 24 de marzo de 1976 hasta diciembre de 1983.

Si bien esto podría impactar en un giro en la causa, desde Fiscalía no se mostraron muy optimistas. “Creo que se está buscando extender esto en el tiempo lo más que se pueda. No sé qué edad tiene Rubeo en este momento, pero es una persona muy grande y a medida que pasa el tiempo más se acerca la posibilidad de que muera sin ser juzgado. Estamos peleando contra el tiempo en este caso”, detalló Adolfo Villatte a cargo de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los derechos humanos cometidos durante el terrorismo de Estado.

El fallo que sobreseía a Rubeo padre y Aguilera era del juez federal número 2 de Rosario Marcelo Bailaque. Ahora la determinación contraria, en el tribunal de alzada, fue rubricada por los jueces federales Élida Vidal y José Guillermo Toledo, y por el secretario federal Esteban Falistocco.

Desde Fiscalía explicaron a este medio que por el caso consideran que detallaron todos los argumentos necesarios para que el crimen sea considerado de lesa humanidad, que por lo tanto no prescribe y que por eso solicitan el pedido de indagatoria. Sin embargo, este fallo de revocación no establece si es o no de lesa humanidad al no haberse probado vinculación de la Triple A con los acusados y en verdad, consideraron desde Fiscalía, tampoco analiza la comisión o no del delito.

“La Cámara lo que dice es que hay que profundizar, que hay un deber del Estado nacional de investigar este tipo de hechos y que no se podía cerrar la investigación. Entonces queda a mitad de camino la decisión porque no declara que fue un delito de lesa humanidad y que por lo tanto haya una obligación de parte de Bailaque de tomar la indagatoria y tampoco dice que es nula la decisión porque no está bien analizado si es delito o no es delito”.

Villatte consideró que el fallo los deja a mitad de camino porque si se hubiera tomado una u otra determinación desde Fiscalía podrían tomar diversas vías recursivas. “Lo que está jugando es la imprescriptibilidad”, concluyó.

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