El Sueldo Anual Complementario (SAC), o aguinaldo, debe ser abonado a más tardar el 18 de diciembre, según lo establecido por la ley 27.073. No obstante, este plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, por lo que este año el pago puede realizarse hasta el 24 de diciembre.
El aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual recibida dentro del semestre. Para determinarlo, se toma en cuenta el salario bruto, incluyendo las horas extras, y se excluye lo que no se considera remunerativo.
El cálculo se realiza de la siguiente manera:
Si un trabajador tiene menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se calcula en base a los meses trabajados. Existen dos formas para determinar el monto:
El aguinaldo es un pago adicional otorgado una vez al año, distribuido en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre. A cada uno de esos pagos se le llama “medio aguinaldo”. Lo reciben los trabajadores registrados en relación de dependencia, tanto en el sector público como en el privado.
No cobrarán el aguinaldo los siguientes trabajadores:
Si trabajas en relación de dependencia, tienes derecho a recibir el aguinaldo. Para confirmar si tu empleador está cumpliendo con el pago, puedes revisar tus recibos de sueldo o ponerte en contacto con el departamento de Recursos Humanos de la empresa.
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