¿Cuánto cobran las empleadas domésticas? Precios actualizados y cálculo del aguinaldo
En la Argentina, el trabajo de las empleadas domésticas está regulado por un régimen especial que establece derechos, obligaciones y distisntas escalas salariales. Los sueldos son definidos por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y varían según la categoría del puesto, el tipo de jornada y si la trabajadora reside o no en el domicilio del empleador.
La escala salarial se divide en cinco categorías principales, con valores que varían según la modalidad del servicio (con retiro o sin retiro) y el tipo de jornada (por hora o mensual).
A continuación se detallan los precios actualizados de las empleadas domésticas a julio 2025 y también cómo se debe calcular el aguinaldo, que se abona a mitad de año y en el mes de diciembre.
El Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo se paga en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre. La fórmula es simple: se toma el 50% del mejor sueldo mensual percibido en cada semestre (incluyendo horas extra, si las hubo). En julio, muchos empleadores aún estaban liquidando o regularizando pagos del medio aguinaldo de junio.
Según supo Noticias Argentinas, el cálculo se basa en el mes de mayor ingreso bruto entre enero y junio. Si la persona trabajó menos de seis meses en el período, el aguinaldo se prorratea según el tiempo trabajado.
El régimen contempla dos tipos de vínculo laboral:
En ambos casos, el empleador debe registrar a la trabajadora ante la AFIP, pagar aportes mensuales, ART y respetar la Ley 26.844, que incluye licencias y feriados. La falta de cumplimiento puede derivar en sanciones económicas y reclamos judiciales.
El monto mensual de aportes y contribuciones depende de las horas trabajadas. Para empleadas con más de 16 horas semanales, los valores de julio son de $13.800 en total (aportes previsionales, obra social y ART).
El régimen también otorga acceso a obra social a quienes trabajan al menos 16 horas semanales (siempre que el empleador pague los aportes) y contempla licencias por enfermedad, maternidad, vacaciones pagas, días por estudio y permisos especiales. Las vacaciones se calculan por antigüedad, con un mínimo de 14 días corridos para más de seis meses de antigüedad al 31 de diciembre del año anterior.
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