Sobreseen a Ariel Cantero por el crimen de Cáceres

Además, otras tres personas, que también estaban procesadas, quedaron desvinculadas de la causa.

La causa que investiga el homicidio de Walter Cáceres, el adolescente de 14 años asesinado hace poco más de un año durante una emboscada a un colectivo con simpatizantes de Newell’s frente al barrio Las Flores, dio un giro importante luego de que la Fiscalía levantara la imputación a cuatro procesados, desvinculándolos de la causa penal. Entre ellos se encuentra Ariel Máximo Cantero, el sindicado líder de Los Monos, quien ayer fue sobreseído y recuperó la libertad tras pasar diez meses en prisión, acusado de instigar, bajo promesa remuneratoria, el ataque, que habría sido organizado para dar muerte a Diego Ochoa, alias Panadero, actual cabecilla de la barrabrava rojinegra. Es que la madrugada del 4 de febrero de 2010, cuando se produjo el ataque, Ochoa debía estar dentro del micro, aunque no era así. Además, la Fiscalía modificó la calificación en la imputación de otros cinco procesados –que irán a juicio oral– por no tener sustento probatorio para mantener la acusación inicial sobre el asesinato por encargo.

Fuentes judiciales informaron que “tras un análisis riguroso de los elementos de prueba”, las fiscales Ana Rabín y Nora Marull resolvieron “no formular acusación” respecto de los imputados Ariel Máximo Cantero; Leonardo V., conocido como Pollo; Juan Ramón P., alias Gordo Plin; y a Ramón Rubén G., alias Gavia.

Los mismos habían sido procesados en abril del año pasado por la jueza de Instrucción de la 6ª Nominación, Raquel Cosgaya, resolución que fue confirmada por la Sala II de la Cámara Penal, en  la causa que investiga el homicidio de Walter Cáceres.

Cosgaya había resuelto procesar a Cantero por los delitos de “instigación a cometer homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria”. Por esto, el sindicado líder de la banda de Los Monos pasó 10 meses en prisión. Es que, según entendió la magistrada a cargo de la Instrucción, se encontraba “probabilizada la participación en este suceso de Ariel Máximo Cantero como instigador de Carlos Fernando (El Chino) Fleitas”, quien también fue procesado, pero como autor de  “homicidio agravado por precio o promesa de remuneración mediante  la utilización de armas de fuego en concurso real con los delitos de lesiones graves mediante el uso de armas de fuego, lesiones leves mediante el uso de armas de fuego y en concurso ideal con el daño agravado por el uso de arma de fuego”. Además, en su resolución, la jueza entendió que las acciones de los imputados no estaban dirigidas a dar muerte a Cáceres, sino a Ochoa. Y, en este sentido, consideró que “el hecho de que circunstancias azarosas  hayan determinado la muerte de una persona diferente a  aquella que se proponían matar, no influye en el dolo directo de este accionar”.

Sin embargo, para la Fiscalía, “la verticalidad existente entre el Chino Fleitas y Ariel Máximo Cantero”, si bien se pudo comprobar a través de los dichos de dos testigos, “el hecho concreto de que el imputado haya determinado a Fleitas” a cometer los delitos que se le imputan, “no cuenta con un grado de convicción necesaria para alcanzar un pronunciamiento jurisdiccional condenatorio”.

Por esto, las fiscales Rabín y Marull resolvieron no formular acusación en su contra, por lo que Cantero no irá a juicio.

Tras la resolución fiscal, la jueza de Instrucción de la 6ª Nominación, Raquel Cosgaya, ordenó su sobreseimiento y consecuente libertad.

Quienes corrieron la misma suerte que Cantero fueron otros tres procesados por el mismo hecho, aunque por otros delitos: Leonardo V., de 24 años, alias Pollo –quien había sido procesado por homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria, ya que estaba acusado de acompañar al Chino Fleitas (supuesto autor material) en la emboscada al colectivo de Newell’s en la que murió Cáceres–; Juan Ramón P., alias Gordo Plin, de 31 años –acusado de guardar las armas de fuego que se utilizaron para cometer el ilícito a fin de impedir que las mismas fueran halladas–; y Rubén Ramón G., de 30 años –procesado por amenaza coactiva en reiteradas oportunidades a la novia del Chino Fleitas, testigo clave del juicio–.

En tanto, la Fiscalía elevó a juicio el procesamiento de otras cinco personas, aunque se modificó su imputación penal. Carlos Fernando Fleitas, alias Chino, de 28 años; y Claudio Ariel Cantero, de 25 años conocido como Pájaro –hijo del líder de Los Monos–, quienes estaban procesados por homicidio agravado por precio o promesa de remuneración, quedaron ahora imputados como autores de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego en concurso real con los delitos de lesiones graves agravadas por el uso de armas de fuego y lesiones leves también agravadas”, lo que les valdrá una pena de entre 8 y 25 años. La misma imputación, pero en carácter de partícipe necesario, recayó sobre Guillermo Dionisio Aguilera, mientras que Emilio Alejandro Cardozo y Jonathan David Cardozo quedaron enmarcados en la figura de encubrimiento agravado.

La emboscada

Walter Cáceres era uno de los tantos hinchas rojinegros que en la madrugada 4 de febrero volvía en micro luego de presenciar el partido que Newell’s disputó la noche anterior con Huracán, en Parque Patricios. Dos colectivos, que habían sido alquilados, venían en caravana por la autopista Aramburu, pero en el peaje de General Lagos, uno de los rodados se demoró, por lo que el otro micro siguió adelante. Al llegar a la altura de barrio Las Flores, la pinchadura de un neumático hizo que el colectivo que iba adelante, en el cual viajaba Walter Cáceres, estacionara al costado de la calzada. En ese momento una interminable ráfaga de disparos iluminó la zona: los pasajeros del micro habían sido emboscados por un grupo de personas que disparaba desde el costado de la ruta. Como consecuencia de los disparos, tres personas resultaron heridas: Walter Cáceres fue alcanzado por tres proyectiles en la cabeza y otro en la espalda y falleció 36 horas después en el Hospital de Emergencias. Otros dos hombres, Diego Malcovic y Carlos Muratovic, sufrieron heridas pero no de gravedad.

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