Lo anunció el Servicio Penitenciario Federal en relación a los custodios del pabellón especial del penal de Marcos Paz donde el líder de Los Monos se encuentra detenido. Anuncian "parte disciplinario" para el interno
El Servicio Penitenciario Federal (SPF) dispuso la suspensión de los custodios del pabellón de la cárcel de Marcos Paz en el que se encuentra alojado Ariel «Guille» Cantero, a raíz del hallazgo de una prolongación irregular de un teléfono público dentro de su celda.
En un comunicado, el SPF señaló además que se ordenó «la sustanciación de un sumario administrativo» para determinar si Cantero realizó llamadas telefónicas fuera del horario permitido, y se le inició al jefe de la banda Los Monos un parte disciplinario.
«Se debe aclarar una vez más que el Servicio Penitenciario Federal rige su accionar en el marco de la Ley 24.660 y sus decretos reglamentarios, que establecen la obligación del Estado de garantizar a todos los detenidos la posibilidad de contar con un teléfono público para el mantenimiento de sus relaciones familiares en los horarios reglamentariamente permitidos (8 a 24 horas)», explicó la fuerza de seguridad.
El SPF recordó que Cantero «se encuentra alojado en un pabellón especial para pocos internos, diseñado especialmente para casos complejos» y que «la línea telefónica pública de ese pabellón se encuentra en el pasillo frente a la puerta de acceso a la celda», por lo que «advertida la prolongación del cable telefónico, el funcionario penitenciario debe intervenir ordenando el reintegro del equipo a su lugar de origen, iniciando el parte disciplinario que corresponda».
«Advirtiéndose en este caso un incumplimiento reglamentario, se ordenó inmediatamente la sustanciación de un sumario administrativo, suspendiéndose preventivamente al personal penitenciario responsable de la custodia del pabellón, como así también, se ha iniciado el correspondiente parte disciplinario al interno Cantero por la infracción al Reglamento de Disciplina», señaló el comunicado.
Además, «el sumario deberá determinar si se produjeron comunicaciones durante los horarios no permitidos (de 00 a 08 horas)».
Por último, el SPF aclaró que «ha brindado oportunamente a las autoridades judiciales intervinientes toda la información requerida, que incluye los datos del abonado de telefonía pública en cuestión».
«Es por ello, que el uso y disposición de la línea de comunicación pública fue siempre conocido por las autoridades judiciales provinciales, no constando ante esta autoridad federal las medidas adoptadas a su respecto. Este Servicio Penitenciario Federal nunca recibió resolución judicial alguna que restrinja los derechos a la comunicación legal y constitucionalmente establecidos», concluyó.
Con información de Télam
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