Categorías: Política

Suspendieron por un año las campañas institucionales de publicidad y comunicación

El decreto, con la firma del presidente y el jefe de Gabinete, argumenta que resulta "fundamental profundizar los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes"

El Poder Ejecutivo suspendió por un año «las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la administración central», a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.

Por medio del Decreto 89/2023, que lleva la firma del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, se estableció además que «la autoridad de aplicación podrá, por acto debidamente fundado y siempre que las circunstancias lo hagan oportuno, prorrogar la suspensión dispuesta».

En ese sentido, se exceptúa de la suspensión «los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir».

Además, se instruye a la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación a dictar o modificar normas que resulten necesarias para la implementación de este Decreto.

En los fundamentos de la norma se indica que «sin perjuicio de las obligaciones que pesan sobre el Estado Nacional respecto de la difusión de actos de gobierno y comunicación a los ciudadanos, en las actuales circunstancias resulta conveniente suspender la realización de campañas no esenciales con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos y hacer más eficiente el gasto».

En consecuencia, se indica que «corresponde discriminar, en lo relativo a la publicidad de los actos de gobierno, a aquellos en los que la misma resulte necesaria, de aquellos en los que puede ser omitida siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia».

Se sostiene que en la actual coyuntura resulta «fundamental profundizar los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes, asignándose los mismos a cuestiones prioritarias, bajo las presentes condiciones».

Además, se sostiene que «una suspensión temporal de la realización de campañas de publicidad oficial debe dejar a salvo aquella cuya obligatoriedad derive de la normativa vigente –publicación de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones, entre otros-, así como las excepciones derivadas de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieren sobrevenir».

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