¿Tortura o apremios ilegales? Camaristas que sí camaristas que no y al final la Corte dijo: tortura

La causa se inició en 2013 y la víctima fue un chico que policías se llevaron a la comisaría con la excusa de averiguar sus antecedentes. Lo golpearon y amenazaron para que diga quién cometía un delito menor en Firmat. Para la Corte la decisión de Cámara que dijo que no hubo torturas fue arbitraria

La Corte Suprema de Justicia provincial le bajó el pulgar a la decisión de un tribunal de segunda instancia de Rosario donde los camaristas Javier Beltramone y José Luis Mascali (con el voto en disidencia de Georgina Depetris) revocaron una condena a 8 años de cárcel a media docenas de uniformados que detuvieron en 2013 a un joven en Firmat. El chico fue golpeado, ahogado con una manguera y amenazado para que les dijera quién robaba las lápidas en el cementerio de Firmat.

Con un llamado de atención para los magistrados, la Corte resolvió convocar a un nuevo tribunal para que dicte resolución y entendió que la decisión tomada no tuvo sustento en las pruebas del caso, contó el abogado querellante Adrián Ruiz.

El 29 de junio de 2013, cerca de las 15, los policías Matías Darío Busto y Walter Gabriel Aguiar vieron a A.M. en bicicleta. El chico iba junto a su novia y los policías lo demoraron por averiguación de antecedentes, según la reconstrucción.

Lo llevaron a la comisaría 13° de Firmat y de allí al patio de la dependencia, donde fue golpeado y amenazado. Según la acusación, la víctima fue desnudada y con una manguera lo ahogaron hasta generarle el vómito. El joven contó que fue picaneado con un cable atado a un palo de escoba. Dijo que le sacaron fotos y lo amenazaron con empalarlo. Le aseguraban que iba a aparecer muerto en un descampado con un tiro en la cabeza simulando un suicidio. Querían saber quién robaba las lápidas del cementerio y quién las reducía.

En un momento la víctima logró empujar a uno de los policías que lo rodeaban, correr y saltar el tapial. Los uniformados dijeron que se había fugado y lo buscaron pero el joven fue ayudado por algunos vecinos que luego declararon en el caso.

https://www.elciudadanoweb.com/revisan-condena-a-seis-policias-por-apremios-ilegales/

Se inició una investigación y el chico reconoció a los uniformados que participaron en el hecho quienes terminaron condenados por un tribunal de Melincué.

Juan José Zanel, Walter Gabriel Aguiar, Matías Darío Bustos, Alejandro Darío Copetti fueron condenados por apremios ilegales agravados a la pena de 3 años y 3 meses de prisión e inhabilitación especial por 6 años. Mientras que José Alberto Sotelo fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión efectiva más una inhabilitación especial por 7 años y el comisario Edgardo Raúl Ale fue sancionado por 4 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación especial.

La fiscalía y la querella, a cargo de Adrián Ruiz y José Ferrara, apelaron la sentencia que fue revisada por los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Carina Lurati y Daniel Acosta quienes entendieron que en el caso hubo torturas y condenaron a los uniformados a la pena de 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Pero los defensores de los policías plantearon una revisión horizontal por lo que se conformó un nuevo tribunal de segunda instancia. Esta vez integraron el tribunal Javier Beltramone, José Luis Mascali y Georgina Depetris quienes evaluaron el caso.

El abogado Adrián Ruiz contó en LT8 que en esa oportunidad, por voto mayoritario la Cámara Penal revocó la decisión que encuadró el caso en el delito de torturas. Ello ocurrió con el voto en disidencia de Depetris que mantuvo la postura de sus antecesores.

El letrado contó que ante esta nueva resolución presentaron un recurso ante la Corte Suprema de Justicia que entendió que hubo arbitrariedad en la decisión que por mayoría tomaron Beltramone y Mascali.

Lo que se dictó por segunda vez, con la disidencia de Depetris, es una no sentencia, dijo y explicó que ello ocurre cuando hay un acto voluntarista, no se falló según las pruebas o las normas sino desde su voluntad, una solución antojadiza, dijo.

Ruiz aseguró que la Corte provincial resolvió por unanimidad desechar la decisión de Cámara que revocó la condena por torturas. Dijeron que no se debe tomar con un hecho válido y otro tribunal deberá tomar una nueva decisión bajo las directrices que fijó la Corte: están vinculadas al protocolo de Estambul y las convenciones internacionales con rango constitucional, entre ellas la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles y degradantes, concluyó el abogado.

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