Categorías: Opinión

Un decreto para desregular las comunicaciones en la Argentina

La sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70, intitulado Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina, implica un retroceso en materia de mecanismos democráticos de regulación del sistema comunicacional en forma y en contenido.

Santiago Marino (*)

En la noche del 20 de diciembre, a veintidós años de la histórica fecha de 2001, el reciente gobierno de Argentina encabezado por Javier Milei anunció el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 intitulado Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina.

La medida combina aspectos propios de la desregulación con elementos rerreguladores, entendidos como una serie de modificaciones directas de normativas en beneficio de sectores privados específicos. Y genera modificaciones en todas las áreas de la economía, al modificar una muy extensa serie (alrededor de 300) de leyes.

En materia de comunicaciones, telecomunicaciones y convergencia se destacan algunos cambios significativos.
Modifica artículos de las leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual (26522) y Argentina Digital (27078) y sus modificatorias, como los decretos de Mauricio Macri (267 de 2015 y 1340 de 2016).

Además, hay aspectos en relación al desarrollo satelital y la privatización de empresas públicas, entre ellas los medios. Los impactos son, a saber:

Elimina de la ley audiovisual los límites nacionales a la multiplicidad de licencias (art 45), mientras que quedan vigentes los locales (una licencia de radio AM, hasta dos de FM si hay más de ocho en la localidad y una de TV abierta); además, al derogar el artículo 46 se identifica como “servicio de telecomunicaciones y TIC” a la TV paga (de cualquier soporte). Estas habían sido distinguidas por la modificación vía DNU de Mauricio Macri.

La prestación de servicios satelitales requerirá desde ahora solamente un registro, ya no una licencia. Esto incluye la posibilidad del inicio de operaciones en el país de la empresa Starlink, (de Elon Musk), que curiosamente fue mencionada en el mensaje presidencial transmitido por Cadena Nacional.

Deroga la ley 26.736 de 2011 que regulaba la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
Establece que todas las sociedades del Estado son ahora sociedades anónimas, a partir de lo cual el proceso de privatizaciones queda simplificado y no debe pasar por el Congreso Nacional para una ley específica.

Las primeras reacciones de constitucionalistas de diferentes sectores políticos dan cuenta de que hay argumentos para que el DNU sea declarado inconstitucional.

No obstante lo cual, entrará en vigencia a partir de hoy —luego de que se publique un decreto ratificatorio que incluya la fecha, omitida en el DNU original por error—. Y el Congreso deberá votar negativamente en ambas cámaras para derogarlo, porque así lo establece la ley 26.122 (2006), que regula los DNU.

En resumen, la Argentina expone un retroceso en materia de mecanismos democráticos de regulación del sistema comunicacional en forma y en contenido. Se materializa en un cambio por DNU (cuya constitucionalidad está en duda tanto como débilmente argumentadas la necesidad y la urgencia) de leyes sancionadas por amplias mayorías en el Congreso Nacional. Habilita la llegada de muy grandes jugadores sin capacidad del Estado para regular sus actividades y para defender a la ciudadanía en materia de acceso y participación, indicadores del derecho humano a la información.

(*) Esfera comunicacional

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