El decreto 158 del 15 de diciembre de 1983 ordenaba la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas
El decreto 158 del 15 de diciembre de 1983 ordenaba la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas.
Conocida como “Causa 13”, la instrucción primero estuvo a cargo del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas pero, ante la negativa de la justicia militar de juzgar a sus pares, la Cámara Federal desplazó al tribunal castrense y continuó con la investigación.
El juicio a las juntas comenzó el 22 de abril de 1985 y finalizó el 9 de diciembre con la sentencia condenatoria.
En ese marco, se probaron no sólo los casos seleccionados que se trataron en las audiencias sino también la implementación de un plan sistemático represivo en la Argentina.
Jorge Videla y Emilio Massera fueron condenados a reclusión perpetua, Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión, Armando Lambruschini a ocho años y Orlando Agosti a 4 años y seis meses.
Oscar Graffigna, Arturo Lami Dozo, Leopoldo Galtieri y Jorge Anaya fueron absueltos.
El 15 de diciembre de 1983 el presidente Raúl Alfonsín, haciendo uso de sus facultades como jefe del cuerpo de fiscales, sancionó el Decreto 158/83 que ordenó someter a juicio sumario a nueve de los diez militares de las tres armas que integraron las Juntas que dirigieron el país desde el golpe militar del 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de las Malvinas en 1982.
El tribunal que enjuició a las juntas fue la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, integrada por los jueces Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanian, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés José D’Alessio.
El fiscal fue Julio César Strassera con quien colaboró el fiscal adjunto Luis Gabriel Moreno Ocampo, quienes utilizaron como base probatoria el informe Nunca más realizado por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep).
El tribunal consideró que las juntas militares habían elaborado un sistema represivo ilegal, que incluyó la comisión de un “gran número de delitos de privación ilegal de la libertad, a la aplicación de tormentos y a homicidios”, garantizando su impunidad.
El fallo, en su punto 30, ordenó también enjuiciar a todas las personas que tuvieron responsabilidad operativa en las acciones criminales probadas en el juicio.
Al atender la apelación, la Corte Suprema redujo levemente las penas de Lambruschini y Agosti.
Las llamadas Leyes de Impunidad (1986-1990) cerraron los juicios por delitos de lesa humanidad y perdonaron a los miembros condenados de las juntas militares y a miles de eventuales culpables.
A partir de 2003 con Néstor Kirchner de presidente, fueron anuladas las Leyes de Impunidad y los juicios fueron reabiertos, condenando y encarcelando a cientos de criminales.
El juicio tuvo una gran trascendencia internacional y sobre todo para la región, en donde gobernaron dictaduras similares coordinadas a nivel continental por el Plan Cóndor que cometieron crímenes de lesa humanidad de forma sistemática y planeada desde lo más alto del poder.
El juicio ubicó a la Argentina en un lugar de vanguardia en la lucha por lograr que se respeten los derechos humanos.
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