La resolución se hizo sobre un inmueble ubicado en un edificio de Alem al 1900, en el barrio República de la Sexta, en el que se expuso que esa modalidad “estaba prohibida por el reglamento de copropiedad la prohíbe”
Un fallo judicial prohibió los alquileres temporarios en un edificio de Rosario. La resolución se hizo sobre un inmueble ubicado en un edificio de Alem al 1900, en el barrio República de la Sexta, en el que se expuso que esa modalidad “estaba prohibida por el reglamento de copropiedad la prohíbe”. El fallo, del juez en lo Civil y Comercial Nº8, Luciano Juárez, podría sentar un precedente ya que la modalidad de alquileres temporarios ha crecido exponencialmente en los últimos años de la mano de diferentes plataformas virtuales.
Paulo Di Sciacio es el abogado que patrocinó al consorcio de propietarios que se opuso a que una de las unidades de la torre ubicada en Alem e Ituzaingó se ofreciera para alquileres temporarios, principalmente a turistas.
El abogado hizo una reseña del caso que derivó en el fallo conocido esta mañana. “Se trata del propietario de un departamento en un edificio que utilizaba ese inmueble como alquiler temporario. Incluso lo publicaba en una de las plataformas más conocidas del mundo. Esto (la rotación de inquilinos) generó molestias al resto de los propietarios”.
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