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Un gran alivio: reglamentan en Santa Fe la ley que ayuda a electrodependientes

Es la normativa que garantiza el servicio de energía gratuito a esos pacientes. La medida ayudará a más de 500 personas, que ya están en los registros de la Epe. Los familiares de los beneficiados mostraron su satisfacción

El gobierno provincial reglamentó la ley que garantiza el servicio gratuito energético a pacientes electrodependientes, que son más de 500 en los registros de la Empresa Provincial de la Energía (Epe). También habrá que sumar a los que residen en localidades donde el servicio es prestado por cooperativas o por la comuna.

“Estamos dejando una huella en un tema que no existía. Ser electrodependiente significa depender de la luz para sobrevivir y un apagón puede ser una tragedia”, dijo este martes Fabián Fiori, papá de Adriano (un joven electrodependiente) y creador de la Fundación Emperador.

El decreto 1.678 reglamentó algunos de los artículos de la norma provincial sancionada en noviembre del año pasado (ley 13.811) que sigue los lineamientos de la norma nacional, la 27.351.

La propia ley define como “electrodependientes por cuestiones de salud a aquellas personas que requieran un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado y resulte necesario para evitar riesgos en su vida y en su salud”.

La ley dictada a fines del año pasado amplió los alcances del decreto 064 dictado por el Poder Ejecutivo en enero del 2018 que establecía la prestación del servicio, afectaba una partida de 8 millones de pesos para su puesta en vigencia y dejaba en manos del Ministerio de Salud la emisión de los certificados. La reglamentación del Poder Ejecutivo deroga dicho decreto.

Para acceder a la gratuidad, el electrodependiente deberá estar inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, y mantener vigente su inscripción en el registro provincial.

El régimen tarifario especial gratuito y la eximición del cargo por conexión se mantendrá a quienes se encuentren inscriptos en los registros especiales de las distribuidoras “en tanto el Poder Ejecutivo Nacional mantenga la vigencia de dichos registros”.

Se determina que los costos totales del régimen, incluidos los costos de adquisición, mantenimiento y operación de las fuentes alternativas, Valor Agregado de Distribución (VAD) y cargos tarifarios serán compensados integralmente por el gobierno de la provincia.

Dicha compensación se instrumentará mediante rendiciones que mensualmente la distribuidora presentará al Ministerio de Economía las cuales serán abonadas dentro de los 30 días posteriores de recibidas.

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