Categorías: Ciudad

Un odontólogo ganó batalla contra la Caja de Seguridad Social del Arte de Curar

La jueza Lucrecia Mantello destacó en la resolución que “la regla que limita el examen del título a sus formas extrínsecas no puede llevarse al extremo de admitir una condena fundada en una deuda inexistente, pues lo contrario importaría privilegiar un excesivo rigor formal con grave menoscabo de garantías constitucionales”.

Por: Alberto Furfari- Versión Rosario

 

La Justicia rechazó un apremio de la Caja de Seguridad Social de los Profesionales del Arte de Curar contra un odontólogo que no ejerce desde el 2015.

La institución promovió un juicio de apremio contra un profesional, reclamando una suma de dinero, más intereses y costas.

Por su parte, el odontólogo planteó con el patrocinio del abogado Lucas Zugarramurdi la inhabilidad del título y falta de legitimación pasiva, atento que se encuentra desafiliado de la Caja de Seguridad Social desde el 31 de diciembre 2004, resultando de imposibilidad material que se hayan devengado módulos de cobranza.

“A la fecha de desafiliación y cancelación de la matrícula se encontraba vigente la ley provincial 10.419 y decreto Nº 724/04 y en función de ello la cancelación o suspensión de la inscripción en la matrícula, traía aparejada la caducidad automática o cancelación de la afiliación a la Caja”, sostuvo.

Y agregó que “conforme certificado emitido por el Colegio de Odontólogos de la Provincia de Santa Fe de la 2° Circunscripción, tiene registrada la cancelación de la matrícula por no ejercicio en fecha 31 de diciembre de 2004”.

Desde la Caja respondieron que “el profesional concurrió en marzo 2019 a los fines de su cancelación y a los pocos días se resolvió cancelar su afiliación por haber tomado conocimiento de que el demandado no ha ejercido de forma autónoma su profesión desde el año 2005”.

La jueza en lo civil y comercial, Lucrecia Mantello, destacó en la resolución que “la regla que limita el examen del título a sus formas extrínsecas no puede llevarse al extremo de admitir una condena fundada en una deuda inexistente, pues lo contrario importaría privilegiar un excesivo rigor formal con grave menoscabo de garantías constitucionales”.

“La cancelación de la afiliación a la Caja resultaba automática una vez cancelada la matrícula, no pudiendo interpretarse por tanto que existiera la necesidad de notificación o comunicación alguna a la Caja para que operase la desafiliación”. añadió.

Entradas recientes

Insólito: demoraron a una pareja en el Aeropuerto de Rosario acusada de tener sexo durante un vuelo internacional

Fue durante un vuelo que había partido de la ciudad de Panamá y tocó pista…

mayo 9, 2026

El ensamble de guitarras El Corno participa del festival Open House Rosario con un concierto

Será en el el Colegio de Arquitectura y Urbanismo de Rosario, el sábado 9 y…

mayo 9, 2026

Dos triunfos y una derrota, el balance de los argentinos en el Masters 1000 de Roma

Mariano Navone consiguió el mejor triunfo de su carrera al superar al canadiense y número…

mayo 9, 2026

Kurt Lutman propone unos domingos diferentes para poder pensar el deporte en función de infancias y adolescencias

Desde este 10 de mayo, y en tres jornadas, el ex futbolista y escritor ofrecerá…

mayo 9, 2026

Otro fin de semana con federativos masculinos y femeninos

Acción el sábado para las chicas y el domingo para los pibes

mayo 9, 2026

Ciclón extratropical azotó la costa atlántica bonaerense con olas de 7 metros y vientos de 80 km/h

El fenómeno impactó especialmente en ciudades como Mar del Plata, donde las autoridades decidieron cerrar…

mayo 9, 2026