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Un padre deberá pagar $21 mil de multa por cada día que siga eludiendo la cuota alimentaria de su hija

Así lo resolvió la jueza de Familia Andrea Brunetti, quien además dispuso que la medida se aplique a partir del pasado 2 de agosto. Además suspendió la licencia de conducir y la imposibilidad de renovarla hasta que el padre no atienda su obligación. Desde mayo está en el Registro de incumplidores

Hasta acá. “En razón de los reiterados incumplimientos comprobados, la falta de contestación a cada intimación, vulnerando con su conducta el derecho humano alimentario de su hija”, la Justicia de Familia de Rosario dispuso una multa de casi 21 mil pesos por día para un padre que no cubre la cuota alimentaria de su hija. La medida rige desde el pasado 5 de agosto y corre hasta que haga efectivo el pago de su responsabilidad. Además tendrá suspendida la licencia de conducir (si la tiene) y no podrá renovarla si está próxima a vencerse.

Según escribió el periodista Alberto Furfari en el sitio Versión Rosario, la decisión la tomó la jueza Andrea Brunetti ante la repetida actitud de un padre, que en mayo pasado fue inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, pero no modificó su actitud: ahora, por cada día que demore en el cumplimiento de su obligación, deberá asumir una multa diaria de $20.955,97.

Además, la magistrada ordenó la suspensión de la licencia de conducir que se le hubiere otorgado, la retención de la misma por autoridad competente, la prohibición de su renovación y, en su caso, la prohibición de su otorgamiento para conducir todo tipo de vehículos, hasta tanto cumplimente en su totalidad con el pago de la deuda alimentaria.

La jueza enmarcó la decisión en “un deber del Estado” que responde a un “mandato constitucional y convencional”, y “en razón de la garantía de tutela judicial efectiva tomar todas las medidas apropiadas para asegurar la efectividad de los derechos humanos”. En ese marco definió que el padre, al incumplir con la cuota, viola el derecho alimentario, “un derecho humano fundamental que se vincula directamente con el derecho a la vida en condiciones de dignidad adecuadas”.

“El incumplimiento del progenitor a la obligación alimentaria ordenada, violenta el derecho de su hija a una vida digna, e impide la satisfacción de sus derechos, al tiempo que configura evidentes actos de violencia económica y patrimonial toda vez que, tienen como finalidad impedir la percepción económica provocando así una privación y menoscabo de los derechos humanos de la joven, quien ha debido interponer acciones judiciales en reclamo de su derecho humano y como hija del demandado”, subrayó la jueza Brunetti.

El juicio por alimentos y el pedido de aplicación de una multa diaria fueron patrocinados por la abogada Verónica Carrere.

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