Categorías: Política

Una causa archivada y dos Toyota cero kilómetro salpican al fiscal Serjal

El funcionario está bajo la lupa por un confuso hecho, luego de que comprara dos vehículos en una concesionaria que había sido beneficiada por un fallo previo. La diputada Gutiérrez pidió esta semana ante la Bicameral el inicio de la "investigación disciplinaria" y su suspensión preventiva

El fiscal regional de Rosario, Patricio Serjal, se encuentra bajo investigación por presunta “violación a la responsabilidad ética y a la transparencia” luego de que trascendiera que compró dos autos marca Toyota, por un valor de tres millones de pesos, en una concesionaria que había sido beneficiada por un fallo que él mismo confirmó. Por ese motivo, el fiscal general de la provincia decidió apartar de esa causa a Serjal y pidió que la Comisión Bicameral de Acuerdos de la Legislatura estudie el caso. La diputada del Frente Progresista Alicia Gutiérrez pidió por nota ante la Comisión que preside el justicialista Leandro Busatto que se haga una “investigación disciplinaria” sobre la conducta del jefe de los fiscales de Rosario. Gutiérrez también planteó que se debe resolver la “suspensión preventiva” de su cargo, pedido que deberán estudiar los diputados y senadores que integran la Bicameral.

El origen de las sospechas está vinculado con la actuación que tuvo Serjal en una causa por delitos económicos iniciada por el empresario Omar Santero, de Carrocera Sudamericana, contra Rómulo González, titular de la concesionaria Auto Rosario. La denuncia fue desestimada por la Fiscalía Regional del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Rosario. La decisión de los fiscales David Carizza y Natalia Benvenutto luego fue confirmada por el propio Serjal.

Menos de un mes después de esos hechos, entre los meses de junio y julio, el fiscal regional compró dos autos cero kilómetro en la concesionaria que había sido beneficiada por el fallo previo: un Toyota Corolla y un Toyota Etios, ambos versión full. Conocido el hecho, los abogados patrocinantes del empresario Santero, Gustavo Peirone y Walter Stramazzo, apelaron la resolución de la Fiscalía y a partir de allí intervino el fiscal general Jorge Baclini.

Para despejar dudas, el propio Serjal pidió ser apartado de esa causa, presentó los comprobantes de compra de los vehículos, explicó el origen de los fondos y afirmó que no hay nada oscuro detrás del hecho ya que el proceso inicial “fue resuelto con criterio jurídico mediante la evaluación de evidencias y el estudio de las mismas”.

No obstante, Baclini decidió intervenir: el jefe provincial de los fiscales del MPA dispuso el apartamiento de Serjal y envió las actuaciones a la Comisión de Acuerdos de la Legislatura para que se evalúe el comportamiento del funcionario rosarino.

Baclini señaló que “la norma rectora del Ministerio Público indica que los fiscales deben observar una conducta pública y privada que no afecte la confianza en la función que cumplen”.

Según el fiscal general, “mediante un simple análisis se puede advertir que la fecha aproximada de fines de junio que el fiscal regional señala como inicio de su gestión con Auto Rosario tendiente a la adquisición de un Etios y un Corolla (que según sus dichos finalmente se concretó en julio) es coincidente con la fecha de la resolución de la Fiscalía Regional a su cargo (18/06/2019) en una causa en la cual aquella firma se encontraba directamente interesada con su titular imputado”.

A través de un escrito en el que voluntariamente acepta ser investigado para despejar toda duda, Serjal indica que “no existen motivos para la pérdida de objetividad de mi parte” en el caso de fondo y atribuyó las sospechas en su contra “a lo que se conoce como chicanas judiciales”.

El Código de Ética del Poder Judicial de Santa Fe establece en forma taxativa la “prohibición de solicitar o aceptar cualquier tipo de beneficio de parte de personas con las cuales se relacione en razón del desempeño de sus funciones”, citó el superior de Serjal, Baclini, al exponer su decisión administrativa.

Allí también se dispone que “todo funcionario judicial debe evitar celosamente que factores personales externos interfieran en su convicción, quedándole prohibido recibir cualquier tipo de beneficios ya sea antes, durante o después de finalizado el proceso donde actúen”.

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